- Acreedor: Es el titular del derecho de crédito, es aquella persona a favor de la cual se va a realizar la prestación.
- Deudor: Es el titular de la deuda, es aquella persona que debe cumplir con la prestación
- Prestación: Es el objeto de la obligación, es aquella conducta que debe realizar el deudor para satisfacer el interés del acreedor
- Vínculo jurídico: Es aquella correlación entre el crédito y la deuda. Es aquella ligadura entre el acreedor y el deudor consignada por el ordenamiento jurídico
Páginas
▼
sábado, 19 de noviembre de 2011
¿Cómo está compuesta una relación obligacional?
Estructuralmente una obligación, en el sentido jurídico, está compuesta por:
Ling
No hay comentarios:
Publicar un comentario
↑Si tienes una pregunta o consulta sobre este tema escribela aquí↑
Te responderemos pronto
Si te gustó este artículo compártelo con tus amigos