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domingo, 27 de noviembre de 2011

DIFERENCIA ENTRE DAÑO CONTRACTUAL Y DAÑO EXTRACONTRACTUAL

Daño Extracontractual
  1. Se trata de un deber jurídico general que es incumplido y como consecuencia hay un daño indemnizable.
  2. Se contempla supuestos de indemnización para daño moral y daño a la persona por afectaciones extrapatrimoniales.
  3. Contempla el factor de atribución subjetivo y objetivo (culpabilidad y riesgo creado)
Daño Contractual 
  1. Se incumple una cláusula contractual y como consecuencia hay un daño indemnizable
  2. Se contempla indemnización por daño moral por afectaciones extrapatrimoniales.
  3. Contempla solamente el factor de atribución subjetivo (culpabilidad).

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