El Tribunal Constitucional resolvió admitir a trámite la demanda de inconstitucionalidad Nº 00017-2011-PI/TC interpuesta por el Fiscal de la Nación contra la Ley N° 29703 que modificó los artículos 384° (colusión simple) y 400° (tráfico de infuencias) del Código Penal; por considerar que vulneran el bloque de constitucionalidad de los artículos 43º, 44º y 76º de la Constitución integrado por los artículos 3º y 19º de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción así como el artículo XII de la Convención Interamericana contra la Corrupción. Al mismo tiempo, dispuso correr traslado de la demanda al Congreso de la República, de acuerdo con lo establecido en el Código Procesal Constitucional.
Así fue mencionado por el Tribunal Constitucional Peruano en su Nota de Prensa oficial
(*) imagen consultada el 05/03/2012. Disponible en http://blog.pucp.edu.pe/media/483/20070908-TC%202.jpg
Así fue mencionado por el Tribunal Constitucional Peruano en su Nota de Prensa oficial
(*) imagen consultada el 05/03/2012. Disponible en http://blog.pucp.edu.pe/media/483/20070908-TC%202.jpg
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