viernes, 9 de marzo de 2012

QUÉ HACER SI ME EQUIVOQUE AL COMPRAR UN ARANCEL O TASA JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓN

Aquél día me dirigí al Banco de la Nación sin saber todavía que cometería un error que provocaría que prácticamente se salga mi corazón de mi pecho.
Tenía que programar un remate para un banco conocido y había ido a comprar un arancel judicial de "Solicitud de Remate Judicial" en el Banco de la Nación, pero al pagar me equivoque al señalar al cajero el número del expediente y me di cuenta del error en la información consignada en el arancel judicial recién regresando al estudio jurídico. Si te equivocas con tasas o aranceles judiciales y te das cuenta en la misma ventanilla ellos lo podrán solucionar, pero si ya te retiraste no podrán hacerlo. Así que si te has preguntado ¿qué debo hacer si me equivoco al comprar un arancel judicial en el Banco de la Nación luego de retirarme de la agencia? ¿ Cómo hago para que me devuelvan el dinero que pague por una tasa judicial que no correspondía?, ¿ cómo arreglo el error en el número del expediente en un arancel o tasa judicial del Banco de la Nación cuando ya me retire del cajero?, éste es el artículo que debes de leer, porque es un error muy común y que pocos conocen como solucionarlo.

El arancel por solicitud de remate judicial cuyo costo ascendía a más de S/.1,000.00 nuevos soles (significativamente más alto que el salario mínimo vital), justificaba todo el afán de reclamar y averiguar, porque la cajera que me atendió solamente se limitó a decirme que como me había retirado de la ventanilla había consentido el error y que ella no podía hacer nada, además me informó que por políticas del Banco de la Nación las tasas de solicitudes de remate judicial y tasas por participación de remate no pueden ser subsanadas por las sucursales sino mediante oficios del juzgado (ello me asustó porque informar al juzgado y que éste realice la subsanación se iba a demorar mucho y necesitaba ese arancel esa semana urgente).
Luego de averiguar tanto en el Banco de la Nación como en el Poder Judicial ante muchas versiones poco precisas llegue a la solución de cómo proceder ante errores o equivocaciones en aranceles / tasas judiciales, la misma que comparto con todos ustedes de la forma más sencilla y clara a continuación:

Para empezar debemos tener en claro QUÉ ES LO QUE QUEREMOS HACER CON EL ARANCEL O TASA JUDICIAL, podemos elegir entre las siguientes opciones:

1. DEVOLUCIÓN: Es decir lo que queremos es que nos devuelvan el costo del arancel o tasa judicial, pues no deseamos utilizarlo (OJO IMPLICA LA INUTILIZACIÓN DEL COMPROBANTE POR EL REEMBOLSO DEL COSTO) porque hemos comprado un arancel que no nos será útil, debemos acercarnos a la sede del Poder Judicial y del Banco de la Nación que se encuentra en el Jr Colmena Nº 745 (actualmente Jr. Nicolas de Piérola), y presentar una solicitud indicando que se adquirió esa tasa o arancel por error y anexando el comprobante que queremos se cancele para que nos devuelvan el importe. La oficina verificará la información y en el plazo de un mes aproximadamente  se procederá a devolver el dinero.

Causales de procedencia:
a) Por denegatoria de una solicitud de medida cautelar siempre que no se presente recurso de apelación, se devuelve el 50% del arancel pagado.
b) Cuando las solicitudes de nulidad de actos procesales sean declaradas fundadas por el órgano jurisdiccional respectivo, siempre que dicha nulidad sea atribuible a dicho órgano jurisdiccional.
c) Cuando se hubiese efectuado un pago superior al valor del arancel , se devolverá el exceso.

DESCUENTO EN LA DEVOLUCIÓN
Como nada en la vida es gratis, la devolución de aranceles tiene un costo que se descuenta del monto a devolver, el monto de descuento asciende al 15% del valor de la devolución por gastos administrativos más el 2 % por comisión al Banco de la Nación, es decir te devolverán el 83% del valor del arancel a devolver.

2. HABILITACIÓN: Que se corrija el error de la información consignada en el arancel o tasa judicial, porque queremos utilizarlo, debemos ir al Edificio Alzamora que se encuentra frente al parque universitario en la Av Abancay en el Distrito del Cercado de Lima. Nos dirigiremos a la oficina de HABILITACIÓN DE CÉDULAS, ARANCELES O TASAS JUDICIALES, que actualmente funciona en el piso 19, e indicaremos al funcionario que deseamos que se HABILITE LA TASA PORQUE HUBO UN ERROR EN LA INFORMACIÓN QUE CONTIENE, proporcionamos la información que queremos que se corrija (a este punto te recomiendo que lleves una hoja anotada con la información correcta porque no queremos volver a hacer todo este trámite por un segundo error humano), y finalmente el funcionario te pedirá tu DNI y una copia legible de la tasa o arancel que se quedará con él. El funcionario habilitará el comprobante erróneo sellando la parte posterior y consignando la información correcta (verificar si es la que ustedes han dado), el plazo de la corrección y entrega del comprobante es inmediato y podrás utilizar el mismo arancel o tasa que estará sellado con la información correcta. Espero que esta información les haya resultado útil y elijas la que más te convenga.

Causales de procedencia:
a) Cuando el arancel no fue utilizado y no tenga sello alguno de recepción de mesa de partes
b) Excepcionalmente, si fue presentado erróneamente el arancel se debe acompañar una constancia de ese error expedida por el receptor (y firmada por el jefe inmediato superior de este receptor) dentro de las 24 horas de emitida dicha constancia.
c) En caso de remate judicial que fue suspendido o declarado nulo, debiendo adjuntarse copia certificada del acta o resolución que suspende o declara nulo el remate.
d) Para cambiar el arancel por otro de igual naturaleza

PLAZO PARA RECLAMAR EN AMBAS OPCIONES

Hay un plazo para exigir cualquiera de las opciones de habilitación o devolución de los aranceles judiciales y es de 30 días hábiles y se empieza a contar desde:
a) Para aranceles judiciales de solicitud de remate judicial desde la emisión del acta o resolución que declara nulo o suspendido el remate.
b) Para el caso de aranceles no utilizados desde la fecha en que fueron comprados
c) Para la devolución de aranceles por ordenes del juzgado (ejm cuando solicitas al juez la devolución y éste ordena que te devuelvan el dinero) desde la notificación de la resolución que contiene la orden de devolución.


VIGENCIA O DURACION DE LOS ARANCELES JUDICIALES
Los aranceles judiciales tienen una duración (vigencia) de un año calendario desde que se efectúa el pago en el Banco de la Nación.

Finalmente recordarles que la dirección consignada es para el distrito judicial de Lima, por tanto si te encuentras en otro distrito judicial consulta donde queda la oficina mencionada para hacer la habilitación o devolución.

Si conocen otras maneras o procedimiento para solucionar errores en la compra de tasas judiciales, te invito a comentar y compartir tu conocimiento.

* El siguiente es un comentario de uno de los lectores sobre su experiencia y sobre otra forma de solución efectiva para los casos en lo que nos hubiéramos equivocado comprando un arancel de menor precio y necesitemos uno de un precio mayor, pagamos el saldo (la diferencia de precios) al Banco de la Nación señalando que es un reintegro y lo presentamos en un escrito al juzgado explicando la situación:

"Buenas noches, gracias por su sugerencia, quiero consultarle que también podría tener la opción de usar el reintegro, es decir como tengo la tasa por ofrecimiento de pruebas para iniciar un proceso contencioso, pero debió ser para un NO CONTENCIOSO, otra forma adicional a la que me señala es completar el monto adjuntando un reintegro por la diferencia, es decir adjuntaré la tasa por ofrecimiento de pruebas del contencioso que tengo de 36.50 más un comprobante que pagaré en el banco de la nación por concepto de reintegro y el monto será la diferencia, lo que me falta para llegar a NO CONTENCIOSO, que sería los otros 36.50, adjuntaré ambas a la demanda que voy a presentar en el distrito judicial de Lima. Al menos me recomendaron que la opción de usar los reintegros es la más rápida, pues el banco de la nación demora un mes en devolver el monto. Espero comentarios al respecto, si alguien uso reintegros alguna vez, en todo caso les comentaré como me resulta, así tendrán otra opción ante un hecho similar. Muchas Gracias por su respuesta." 

ARTÍCULO RELACIONADO Y SUGERIDO: QUÉ HACER SI ME EQUIVOQUE AL COMPRAR UNA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN EN EL BANCO DE LA NACIÓN

(*) imagen consultada el 09/03/2012. Disponible en http://www.voltairenet.org/IMG/jpg/Reintegro2502.jpg

79 comentarios:

  1. buenas tardes . y que haría mi madre que pago 15soles en el banco de la nación para sacar una partida de matrimonio y en el reniec no está xq es de muchos años atrás. quiere que le devuelvan el dinero.

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    1. En este caso como no se trata de una tasa judicial, el problema es más simple, ya que usted debe dirigirse a la la misma oficina de la Reniec y presentar una solicitud simple, indicando que compró la tasa para solicitar una partida de matrimonio a la Reniec, pero que le informaron que por su antiguedad la base de datos de la Reniec no la contiene.
      Por tanto la tasa que adquirió para que le expidan la partida de matrimonio ya no es útil, que por tal motivo solicita la anulación de la tasa y la devolución de su dinero.
      A su solicitud debe anexar el comprobante original que le emitió el Banco de la Nación (antes saque un fotocopia a la tasa para que se quede con su cargo).
      Con la solicitud y su comprobante, antes que los ingrese por mesa de partes, puede absolver todas sus dudas en la misma Reniec, que por ley están obligados a dar mayor información sobre el trámite administrativo.
      Atte
      Estudio Jurídico Ling Santos.

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  2. Buenas noches tengo un gran problema queria saber si lo que indicas tambien me podria ayudar mira soy practicante de derecho y hoy por la tarde como estaba apurado por salir y pensando que me haria tarde a mi universidad indique por error el juzgado al que tenia que comprar las cedulas y en vez que diga juzgado de paz letrado compre juzgado laboral, la cosa es que yo compre 12 cedulas dobles que me salio 91.2 quiero saber si tambien me tendria que acercar a alzamora? por favor me seria muy util que me contestes lo mas pronto posible.
    atte. D.Q

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    1. Estimado colega, afirmativamente debe acercarse al Edificio de Alzamora lo más pronto posible e indicar el error cometido, para ello deberá dejar al funcionario que realizará la corrección copia del arancel judicial que va a corregir y posiblemente copia de su DNI (a mi no me lo pidieron, pero hay cada gente especial en el poder judicial y por si las dudas mejor lleve una, ya que sino tendrá que bajar los 19 pisos para sacar copia).
      Le deseo èxitos en sus prácticas y lo invito a ser parte de nuestra comunidad en facebook para que se entere màs rápidamente de nuestras actualizaciones.
      Atte
      Estudio Jurídico Ling Santos

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  3. Una pregunta la solicitud es un formato que te dan en el en el Jr Colmena Nº 745 o hay que redactarla, y quisiera saber el horario de atencion

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    1. Esa información se la podrán proporcionar más precisamente si usted se acerca a dicha dirección.
      Atte.
      Estudio Jurídico Ling Santos

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  4. Excelente dato, aun no he tenido ese problema, pero ya se que hacer y a donde recurrir; muchas gracias colega por brindar esa información.

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  5. Buen día, mi consulta es la siguiente, voy a presentar una demanda ante un juzgada civil, y es un para iniciar un proceso no contencioso, encargue a una persona su la compra de la tasa con la indicación: NO CONTENCIOSO, sin embargo en la ventanilla del banco de la nación le dieron un tasa por el monto de 36.50 soles, que según tengo entendido es para procesos contenciosos. Por favor que debo hacer para no tener problemas cuando presente mi demanda e iniciar el proceso NO CONTENCIOSO. agradezco a alguien que tenga alguna experiencia al respecto y cual es el trámite para lograr el monto del NO CONTENCIOSO que este año 2012 es 73 soles. saludos

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    1. Saludos, lo más efectivo que le recomiendo hacer es comprar la tasa "por proceso no contencioso" y presentar su demanda (de esa forma no le declararán inadmisible y se tramitarà mientras se resuelve la corrección de la compra equivocada).
      Sobre la tasa de proceso contencioso, pues lo mejor sería solicitar una devolución de su dinero, el trámite está explicado en el cuerpo principal de este artículo, una solicitud simple de devolución xplicando lo que sucedió, indicando el error y adjuntando el recibo original de la tasa (quedarnos con una copia es importante para reclamos posteriores si se diera el caso).

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  6. Compré una tasa de MCFP de S/.365.00 para Juzgado de Lima y debió ser para Lima Sur se puede habilitar?

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    1. En principio la "habilitación de las tasas judiciales" sirve para realizar una "corrección en la información" que no desnaturalice el concepto de la tasa pagada, es decir, por la habilitación no podremos cambiar el concepto de la tasa, si compramos una tasa de notificación y queremos cambiarla por una de ofrecimiento de prueba, la habilitación no es el camino. Respondiendo su pregunta dado que la información sobre el juzgado no cambia el concepto de la tasa, si se podrá realizar una "habilitación" (una corrección sobre información secundaria).

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  7. Buenas noches, gracias por su sugerencia, quiero consultarle que también podría tener la opción de usar el reintegro, es decir como tengo la tasa por ofrecimiento de pruebas para iniciar un proceso contencioso, pero debió ser para un NO CONTENCIOSO, otra forma adicional a la que me señala es completar el monto adjuntando un reintegro por la diferencia, es decir adjuntaré la tasa por ofrecimiento de pruebas del contencioso que tengo de 36.50 más un comprobante que pagaré en el banco de la nación por concepto de reintegro y el monto será la diferencia, lo que me falta para llegar a NO CONTENCIOSO, que sería los otros 36.50, adjuntaré ambas a la demanda que voy a presentar en el distrito judicial de Lima. Al menos me recomendaron que la opción de usar los reintegros es la más rápida, pues el banco de la nación demora un mes en devolver el monto. Espero comentarios al respecto, si alguien uso reintegros alguna vez, en todo caso les comentaré como me resulta, así tendrán otra opción ante un hecho similar. Muchas Gracias por su respuesta.

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    1. Excelente aporte, lo puse en el cuerpo del artículo para mejor visualización de tu sugerencia.
      Saludos

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  8. se puede solicitar la devolucion del pago de arancel judicial por demanda de indemnizacion civil declarada improcedente sin presentar apelacion a la sentencia, y si es posible a que lugar y ante que area se debe presentar la solicito de devolucion pago por arancel judicial. gracias

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    1. La devolución y la corrección del arancel o tasa pagado al Banco de la Nación por abonos judiciales opera solamente por errores (error en el número del expediente, error en el juzgado, etc), y cuándo solicitamos devolución y cuándo corrección (habilitación) se precisa en el artículo principal más arriba.
      Sobre tu consulta puntual no procede la devolución del arancel al que te refieres (que creo que te refieres al de calificación por demanda), pues ese arancel se cobra por calificar la demanda en la sentencia (en improcedente, fundado o infundado), por ese motivo no importa si apelas o no la sentencia.

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  9. Que pasa si tengo tasas por un monto fuerte pero tiene ruc de una empresa, si embargo quiero la devolucion de lo pagado.
    Por otro lado, tengo tasas por remate judicial y quisiera cambiarla a otro tipo de tasa, se puede?
    gracias

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    1. No se puede cambiar el concepto de la tasa, asi que solamente te queda pedir la devolución.
      Si puedes pedir la devolución del abono aún cuando se consigne el ruc de la empresa.

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  10. amigos no se pueden habilitar tasas cuando corresponda a otro distrito judicial es decir las tasas del distrito judicial de lima sur solo se pueden usar para lima sur

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  11. Hola. Veo recien tu página, y la encuentro muy interesante.
    Se evidencia un gran ánimo de apoyar a todo el que la lee.
    Exitos,
    José

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  12. Buenas noches Doctor, mi hermana hizo un deposito (concepto de admisión) para una universidad nacional, ella tenia unos códigos, pero el cajero le indicaba que había otros campos, que tampoco sabía, así que lo solucionó como pudo (en ves de decirle a ella que mejor se vaya a la sede de la universidad u otra sede del banco de la nación donde si sepan del proceso) y en el momento de inscribirse tiene problemas, así que ella volvió al banco y le dicen que no saben que se vaya a la universidad, y que va a decir?, bueno mi punto es, que puede hacer ahora, ya que no quiere perder esa inversión, le agradezco de antemano su respuesta.

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  13. Hola una consulta, las tasas por derecho de notificación, tiene un tiempo de vigencia??? por que hasta yo se, duarn un año, pero en el Cono Norte no me quieren recibir si tienen mas de 6 meses dicen, gracias de antemano

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    1. Si tienen menos de 1 año desde que son emitidos y no te quieren aceptar sin señalarte alguna resolución administrativa que señale el rechazo de cédulas de esa antiguedad, entonces puedes solicitar que ingresen el escrito con dichas cédulas pero con una anotación en el cargo que señale la observación del encargado de mesa de partes, y ellos no se pueden negar a recibir escritos porque se estarían extralimitando en sus funciones al calificar escritos (esa es una función jurisdiccional). Posteriormente si el juzgado reclama le notificaran con una resolución para que adjunte nuevas cédulas de notificación como corresponde.
      Saludos

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  14. buenas noches me pueden indicar si la tasa por concepto de derecho de notificación judicial tiene algún tiempo de duración, por que presente un escrito con cédulas que compre el año pasado, pero me indican que ya no valen

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    1. Tienen una duración de 1 años desde que son emitidos.
      Saludos

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  15. Se puede cambiar en el Alzamora una tasa de 37.00 por ofrecimiento de pruebas de lima norte a lima?

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  16. Buenas tardes, pague tasa por embargo por S/. 370 con error en el Nºexpediente, el voucher original se encuentra en el juzgado por el que me observaron, solo tengo una fotocopia. Que debo hacer? me aceptaran la habilitacion con la fotocopia o pido devolucion? Gracias.

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    1. Buenas noches, lo que usted tiene que hacer es pedir la devolución al juzgado de la tasa que presentó, para que con el original realice la habilitación correspondiente.

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  17. buenos días ,,, una consulta , en cuanto tiempo se adjudican un inmueble rematado , lo que pasa es que remataron mi departamento y quisiera saber maso menos cuanto toma el tramite y cuales son los pasos , me notifican o algo? para ir haciendo la mudanza,

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    1. Sr. Lino Sevillano:
      Bueno, no es el tema de este artículo, pero se lo voy a responder.
      En mi experiencia, el tiempo promedio que demora en notificarle con la cédula que le indica el lanzamiento (que desocupe el inmueble) entre dos hasta cuatro meses.
      Saludos

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  18. Anonimo 09 de agosto del 2013. Buenas tarde mi pregunta es tengo aranceles pagados de años anteriores no sabia como reclamar usted cree que me podrán reconocer lo pagado al Banco de la Nación por tasas judiciale y de la reniec gracias por su respuesta por anticipado

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    1. Hola Anónimo 09 de agosto del 2013, lastimosamente los aranceles tienen una vigencia de 1 años desde que son comprados y no creo que le devuelvan lo pagado.
      Saludos

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  19. Hola Anónimo 09 de agosto del 2013, lastimosamente los aranceles tienen una vigencia de 1 años desde que son comprados y no creo que le devuelvan lo pagado.
    Saludos

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  20. Ling, que pasa si me equivoque en colocar el numero del expediente en la parte del exordio de la demanda y el juzgado lo cosió al expediente equivocado? existe responsabilidad del auxiliar judicial que ingresó erróneamente el expediente o lo debo asumir yo?

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    1. Aunque no es el tema de este artículo responderé tu pregunta.
      No entiendo muy bien tu pregunta, porque la "demanda" no tiene número de expediente ya qye es el primer escrito que se presenta, por tanto no creo que te refieras precisamente a la demanda, quizá quieres decir que se trata de un escrito que presentaste, entonces si me señalas que te equivocaste pues es responsabilidad tuya. El personal del poder judicial asumirá la responsabilidad solamente si el escrito tenía consignado el verdadero número de expediente y pudiendo percatarse de esa información, lo pusieran en otro expediente.

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  21. Buenas tardes, el presente es para saber que hacer cuando he comprado un arancel por medida cautelar en forma de anotacion de demanda, estando correcto los datos del juzgado y numero de expediente, sin embargo he cometido el error de consignar un numero de ruc de otra empresa y no la de la empresa que va ser la accionante. Teniendo en cuenta que la medida cautelar se tiene que presentar el martes de la semana que viene.Ya que leyendo el buen material aportado no mencionada el caso de equivocarse en el ruc o dni. Soy practicante de derecho y estaría agradecido de tener un respuesta. Saludos.
    GRACIAS

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    1. Es interesante, sinceramente sobre esa particular situación nunca he averiguado, pero por la urgencia de resolver el problema antes del martes te daré la siguiente sugerencia:
      1) acércate a la ventanilla donde compraste el arancel y explícale el error del ruc o dni y pídeles que te lo cambien, existe la posibilidad de que el personal del banco pueda acceder (a mi me cambiaron la información en 2 oportunidades la misma ventanilla pero fue porque reclame en el mismo día, prueba y quizá tengas suerte).
      2) si no acceden los del banco, dirígete a la realizar el trámite de habilitación quizá también sirve para el cambio de información del ruc o dni (esto sin embargo te servirá para efectos solamente del trámite judicial).
      Averiguaré para absolver tu consulta pero quizá no alcance a publicarlo antes del martes que necesitas.
      Si consigues la respuesta antes compártela aquí para todos nosotros.
      Saludos y no te preocupes que todos cometemos errores, así se aprende.

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  22. BUENAS NOCHES, UNA CONSULTA:

    CUARTO : En este contexto, se puede decir que la medida cautelar en forma de inscripción intentada no puede ser amparada, sin embargo el recurrente podrá plantear la medida cautelar que corresponde como es la de forma de anotación de demanda.

    Por lo expuesto, se resuelve:
    DECLARESE IMPROCEDENTE la medida cautelar en FORMA DE INSCRIPCIÓN, dejando a salvo a su derecho para que lo haga valer en la forma legal que corresponde. Notifíquese.-

    ---------ANTE ESTE RESULTADO: ¿ PUEDO SOLICITAR LA HABILITACIÓN Ó LA DEVOLUCIÓN, del Arancel Judicial?. Atte. PRISCILA, practicando en el consultorio jurídico gratuito.

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    1. SEGÚN LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 004-2013-CE-PJ, e su Atículo QUINTA.- En el caso que la solicitud de medida cautelar fuese denegada (inadmisible, improcedente, rechazada o infundada), a solicitud de parte, se devolverá el monto del 50% del arancel judicial, siempre y cuando el solicitante no interponga recurso de apelación.-
      Si, tu caso ocurrió en la Corte Superior de Justicia de La Libertad (TRUJILLO), lo solicitas mediante un escrito la devolución del arancel judicial ó habilitación del arancel judicial (ambos casos será del 50 %) dirigida ante el mismo juzgado, juez y secretario judicial . Y espera la respuesta. ESPERO QUE TE SIRVA.

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  23. Hola buenas. Hace 1 mes hice un pago al banco de la nacion por concepto de permiso de lunas poralizadas y inspecion vehicular lamentablemente en esa semana me robaron el vehiculo aun tengo los voucher el banco me devolveria. Dichos montos pagados o como tendria que proceder muchas gracias de ante mano.

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    1. Interesante, lastimosamente el procedimiento descrito en este artículo es para comprobantes judiciales, el comprobante que adquirió usted no es de esa naturaleza, quizá lo que debería hacer es informar a la institución que iba a presentar esos comprobantes, explicarles la situación y solicitar que dispongan el reembolso de esos comprobantes (como sucede en algunos casos donde se solicita al juez disponer la devolución de lo abonado indebidamente). Por ahora ese es mi consejo, trataré de averiguar más al respecto para mayor información de todos. Saludos

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  24. oscorba_@hotmail.com22 de noviembre de 2013, 7:02

    Oscorba: felicitaciones migo Freddy Ling, lo que hace ud. con su web, es un aporte importante para la comunidad jurídica ( litigantes. abogados y usuarios).
    Que continuen los aportes, las experiencias y los resultados sobre el tema.

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  25. Buenos dias, tengo una consulta, pagué S/. 337.00 por el tramite de lunas polarizadas para mi camioneta, pero he decidido ya no hacerlo y quiero saber como puedo hacer para que me devuelvan el dinero. Espero su ayuda. Gracias de antemano

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    1. Sr Paredes, debe acercarse inmediatamente al mismo módulo de atención del Banco de la Nación para solicitar la cancelación de su voucher y la devolución de su dinero. En caso no le acepten la solicitud (porque muchos cajeros no aceptan devoluciones) tendrá que realizar una solicitud a la Jefatura de la Oficina de lunas Oscurecidas de Tránsito PNP (cuya dirección es Av. 29 de Julio cuadra 20, La Victoria), indicando los motivos por lo que el pago es indebido e indicando a dicha institución que ordene la devolución por dicho monto. Saludos

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  26. me dieron plazo de 15 días para presentar la constancia de que el arancel no ha sido notificado? me podrán devolver el arancel judicial, para presentarlo de nuevo o como? o ya no se puede? lo que pasa es que se paso el plazo..

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    1. Si te pasaste del plazo que te dieron ya no podrás hacer el trámite, pero todavía puedes usar el arancel judicial y presentarlo si te es útil. Saludos

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  27. Buenos días, hize un pago de 24.50 soles por concepto de duplicado de licencia de conducir (Tasa 1600) en un agente del Banco de la Nación. Cuando fui a hacer mi trámite en el MTC- Trujillo me dijeron que tenía que hacer el pago en la misma caja del MTC alegando que el pago que hice es inválido porque ahora trabajan por regiones y el monto que yo cancelé (aún si se hubiese hecho en el mismo Banco) se iba directo a las arcas del MTC de Lima. ¿Cómo puedo pedir la devolución de mi dinero? Agradecería mucho su ayuda
    - Soy ciudadano de Trujillo

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    1. He realizado la consulta respectiva al MTC quien me ha confirmado la información que señalas sobre que el pago debe efectuarse en la caja del MTC -Trujillo.
      Para pedir la devolución debes presentar una solicitud ante el MTC indicando lo que sucedió y solicitando la devolución del dinero.
      Saludos

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  28. He presentado una demanda de suseción intestada pagando las tasas por ofrecimieto de pruebas de varias personas por el monto de S/.76.00 soles sin embargo fue declarada improcedente por no pertenecer al distrito judicial la dirección de la persona fallecida vivia en carabayllo y lo presente en independencia, solicite la devolucion de los anexos y no me devolvieron las tasas judiciales, puedo solicitar las originales para presentarlo a carabayllo? o ya estan perdidas

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    1. En este particular caso las tasas por ofrecimiento de pruebas fueron usadas al ser calificada la demanda, por tanto no pueden ser objeto de devolución lastimosamente.
      Saludos

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  29. Saque copias certificadas de una denuncia policial pero compre cédulas por "derecho de notificacion judicial", ¿debo acercarme a Alzamora también para subsanar ese error?

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    1. En ese caso lo que debes pedir es una devolución y no una habilitación, porque no son procedimientos similares (copias no es igual a notificación), debes ir al Jr. Colmena y seguir los pasos arriba descritos.
      Saludos

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  30. DR. ACERCA DEL REINTEGRO, para ingresar mi demanda de sucesion intestada pagué 38 soles por ofrecimiento de pruebas, declaran inadmisible, y si hago el reintegro , mi pregunta sería : cuando me preguntan en el banco por el número de expediente digo: NUEVO o doy el número de expediente porque ya me asignaron el número ejm.2025. porque el arancel que presente con la demanda no tiene número de expediente obvio porque era nuevo, ahora ya tengo número de expediente. le agradeceré bastante su respuesta

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    1. Srta Sanchez, el arancel de ofrecimiento de pruebas se paga precisamente para que el juez califique la demanda, en ese sentido, el arancel ha sido utilizado cuando declararon inadmisible su demanda.
      El reintegro sería viable si existió una equivocación en la compra y el arancel no fue presentado todavía, pudiendo cubrir el monto que falta consignar con el reintegro.
      Saludos

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  31. es lo mismo que en la tasa salga 234-12 o necesariamente debe ser 234-2012? el banco se equivoco?

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    1. Si es lo mismo, no te preocupes, generalmente el Banco de la Nación abrevia de esa forma el año.
      Saludos

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  32. Por favor me pueden indicar la dirección en donde se realizan las habilitaciones de aranceles, gracias

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    1. Pode Judicial, en el Edificio Alzamora (que se encuentra frente al parque universitario en la Av Abancay en el Distrito del Cercado de Lima). en la oficina de HABILITACIÓN DE CÉDULAS, ARANCELES O TASAS JUDICIALES, ubicada en el piso 19.
      Saludos

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  33. una consulta yo page una apelación para un proceso laboral pero en un juzgado diferente pague en el 21 juzgado laboral y era en el decimo cuarto también las cedulas de notificación de la misma manera habrá algún problema al presentar la apelación soy practicante y desconozco el tema por favor si es necesario hacer la corrección o en caso procede el pago normal ? gracias ante todo

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    1. Si eres peruano (valga la aclaración que he recibido consultas del extranjero) no debería haber problemas, las cédulas de notificación o apelación no salen con el número del juzgado, únicamente indican el nivel jerárquico del juzgado (no dicen "Septimo Juzgado Laboral de Lima" sino "Juzgado Laboral de Lima"). En ese sentido no debería haber problemas con las tasas que has comprado, Saludos

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  34. Estimado Ling:

    Me gustaría saber cuál es el tramite cuando por causal de improcedencia de una MEDIDA CAUTELAR, que debo hacer sí mediante Resolución me han devuelto el %50 de la tasa judicial para que pueda hacerlo valer ante el Órgano Jurisdiccional competente, vale decir que me han devuelto los anexos incluyendo el boucher.

    Debo hacer lo comentado en el caso del usuario que mencionas en tu articulo y pagar el reintegro adjuntando mi boucher anterior, resoluciones y boucher cancelando el %50 restante?

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    1. Efectivamente, el pago del reintegro por la diferencia es la opción correcta.
      Saludos

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  35. Porfavor...yo deseo ingresar una demanda de desalojo en Modulo Basico del Agustino...como lo pido o comproel arancel....

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    1. Compra los aranceles para el distrito judicial de Lima Este, Resolución Administrativa N° 101-2014-CE-PJ, publicada en el diario oficial el sábado 5 de abril de 2014.

      Están incluidos en este nuevo distrito judicial: Lurigancho, Chaclacayo, Ate (Vitarte), Santa Anita, San Juan de Lurigancho, El Agustino, La Molina y Cieneguilla.
      Saludos

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  36. Estimado Dr. mi consulta es: Presente una solicitud de medida cautelar en forma de inscripción y pague el arancel respectivo, pero ahora la Juez me pide que pague otro arancel por partes judiciales para remitir el oficio respectivo a la Oficina Registral. Acaso no resulta un doble pago esto que me ordena?

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    1. No, porque el arancel por partes judiciales tiene una naturaleza diferente al del arancel por medida cautelar.
      Saludos

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  37. Buenas tardes, quisiera saber que hago si compre tasas por 38 soles y se me perdieron. Puedo ir al Banco a pedir un duplicado, claro que tengo el codigo porque les habia sacado copias.

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    1. Me parece que existía un procedimiento que se denominaba "Constancia de Pago" que se efectuaba en la agencia donde se realizó el pago por las tasas, adjuntando copia del documento de identidad y copia de las tasas podían reconocerte las tasas extraviadas.
      No estoy seguro si está vigente actualmente en el Banco de la Nación, pero si te sirvió te agradecería que lo confirmes por este medio para que otras personas se beneficien de tu experiencia.
      Saludos

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  38. Quiero saber si puedo hacer reintegro de tasas que compre en el 2013 por 36 soles. O ya no sirven?

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    1. Las tasas tienen una vigencia de un año para ser usadas.
      Saludos

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  39. Hola pague una tasa por concepto de medida cautelar, pero me equivoqué en el numero de expediente e ingresó al primer juzgado cuando debía ser al 5to, como hago para que me devuelvan la tasa y pueda presentarse al juzgado correcto. Por favor es urgente!

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    1. Si haces la devolución se demorará un mes, pide la habilitación para subsanar ese error ya que el concepto del arancel no cambiará.
      Saludos

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  40. El dia de hoy presenté una demanda de sucesion intestada pero adjunté la tasa por arancel judicial de 38.5 soles, pero el sr. de mesa de partes me advirtió que al tratarse de un proceso no contencioso el valor del arancel es de 77 nuevos soles. Ahora tengo que presentar un escrito adjuntando la tasa por el monto faltante de 38.5 soles. Pero el secretario me dijo que lo presente como "REINTEGRO" . Compré la tasa en el banco de la nacion sólo por el valor de 38.5 para cumplir con el remanente, esta bien hecho esto? o debí comprar la tasa con el codigo 07005 correspondiente a reintegro? Saludos

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    1. El reintegro tiene como objeto "completar" el monto faltante de otra tasa, es común usarlo por ejemplo a principio de año cuando recién se publica la tabla de los aranceles del año pero ya se presentaron tasas con montos calculados con la UIT del año pasado, esa diferencia entre el arancel del año anterior con el del presente año se regulariza pagando el reintegro por la diferencia.

      Entonces, lo correcto hubiera sido pagar el reintegro, ya que no siempre la diferencia que te falte completar será el valor de la misma tasa (en este caso te faltaba un monto igual a la tasa S/. 38.50 y por eso pudiste comprar una tasa igual, pero imagina que te hubiera faltado S/. 5.00 , S/.10.00 soles o S/29.00 no hubieras podido comprar la tasa por ese valor siendo el reintegro la única opción viable).

      Ahora, es posible que el juzgado sea flexible y te acepte haber pagado la diferencia con la misma tasa, dado que al final se terminó pagando la misma cantidad a la misma dependencia judicial, en mi opinión no habría problema pero es cuestión del juez aceptarlo, comunica tu situación al juzgado para evitar problemas.
      Saludos

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  41. ¡Muchas gracias por la información!

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  42. Estimado Dr. Ling, tengo dos consultas:

    1.- Presente una demanda contenciosa administrativa laboral al Juzgado de Trabajo de Lima Sur, para su presentacion, adjunte la tasa por ofrecimiento de pruebas, sin embargo, como usted sabe, en los procesos laborales hay un descuento del 50% en el pago de tasas. Es el hecho que al acudir al Banco de la Nacion, no se puede pagar el 50% de tasa por ofrecimiento de pruebas, solo aparece el monto del 100% de la tasa (independiente del valor de esta en funcion al monto del petitorio), por lo cual no pude pagar el 50% y tuve que adjuntar tasa con el 100%. Mi consulta es: Es posible solicitar al juzgado la devolucion de ese 50% pagado en exceso? Como dato adicional, debo indicar que la demanda fue admitiva y en ella señale que habia pagado un monto superior por el impase con el Banco de la Nacion.

    2.- La misma situacion descrita anteriormente, me sucedio al presentar mi medida cautelar, ya que pague un monto superior que excede el descuento que corresponderia al 50% por ser un proceso laboral. Sin embargo, mi medida cautelar fue declarada improcedente, asi que me corresponderia: a). Solicitar la devolucion del exceso pagado por la tasa de medida cautelar presentada y, b). Solicitar la devolucion del 50% del pago por la improcedencia de la medida cautelar (no ha sido apelada).

    Muchas gracias por la informacion que me pueda brindar, cordiales saludos!

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  43. Hola una consulta puedo efectuar una devolución de un arancel de remate de S/.1260 debido a que por error consigne mi DNI y no de la empresa, la empresa no me quiere reconocer el pago si no sale con su RUC. Puedo solicitar la devolución del arancel

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  44. Buenas noches quiero hacer una consulta eh tenido un error al.momento de sacar mi maratón y mi cédula en él juzgado de familia, lo que pasa es que en vez de ingresar juzgado de familia lima el chico que me.atendió puso juzgado de familia lima norte la.cual no es y eso.me.preocupa quiero saber.si puedo cambiar

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