miércoles, 7 de agosto de 2013

NO ES NECESARIO PRESENTAR COPIA DE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES PARA CONTRATACIONES CON EL ESTADO

Importante recordar que antes para participar en el procedimiento de contrataciones con el Estado se debía presentar la correspondiente copia de su respectiva inscripción en el Registro de Nacional de Proveedores, con la finalidad que los miembros del comité especial que llevaban a cabo el procedimiento de contratación puedan verificar con ese documento la inscripción del correspondiente participante.


Actualmente ya no es necesario presentar dicha copia de la inscripción en el Registro de Nacional de Proveedores, ya que el legislador modificó la ley al darse cuenta que el comité especial encargado de llevar a cabo el procedimiento de contratación puede cotejar dicha información por la web del Registro de Nacional de Proveedores y que la ausencia en la presentación de la copia de la inscripción no significaba que no estaba inscrito, es decir, hoy basta con que la inscripción tenga la condición de vigente para participar en el procedimiento de contratación, pues es información pública que las entidades pueden fácilmente verificar.

Imagen consultada el 07-08-2013 [en línea]. Disponible en https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjU7DaBCGhiK3ry9sIWq_1Fmhy966A6d1qYBX1naKqHSOXvVyjlF2U3xbLEFkMTFBkAt-GPUgWozZrLuMhxOeHOyJvnyvyTCqTnUbo1XSZCl-pr2-NKkT018xtpkV-cHABWuZk_2aL4pe4D/s240/Rnp.JPG

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