Muchas veces necesitamos sacar una copia literal (certificado de gravámenes, certificado registral inmobiliario, etc) de una casa (o puede ser cualquier otro inmueble) y cuando vamos a Registros Públicos (SUNARP) no podemos llenar la información suficiente para que nos entreguen el respectivo certificado registral porque Registros Públicos requiere el número de partida electrónica.
El número de partida electrónica es como el número de identidad de una persona natural (DNI) o el número de RUC de una persona jurídica, es un número asignado a un inmueble para efectos de poder identificarlo.
Para obtener el número de partida electrónica de un inmueble debe usted saber el nombre del propietario (nombres y apellidos completos), para poder hacer la búsqueda de índice en SUNARP con ese nombre del propietario, y solicitar el servicio de búsqueda de índice, y podrá verificar si realmente coincide el titular/propietario con la dirección del inmueble y la partida electrónica de dicho inmueble estará en el resultado de esa búsqueda. usted, desea investigar.
** El resultado se entrega en el día.
** Costo del servicio citado, es de S/. 6.00 Nuevos Soles.
Caso contrario, y usted no disponga del nombre del propietario del inmueble, tendría que hacer una búsqueda catastral, para lo cual, adjuntará la siguiente documentación:
- Plano perimétrico.
- Plano de ubicación
- Memoria descriptiva
** Documentos que deben estar suscritos por Ingeniero o arquitecto colegiado.
** Planos, deben contar con coordenadas UTM, concordados con el sistema psad 56 o wgs 84.
** Costo: S/. 61.00 Nuevos Soles
El número de partida electrónica es como el número de identidad de una persona natural (DNI) o el número de RUC de una persona jurídica, es un número asignado a un inmueble para efectos de poder identificarlo.
Para obtener el número de partida electrónica de un inmueble debe usted saber el nombre del propietario (nombres y apellidos completos), para poder hacer la búsqueda de índice en SUNARP con ese nombre del propietario, y solicitar el servicio de búsqueda de índice, y podrá verificar si realmente coincide el titular/propietario con la dirección del inmueble y la partida electrónica de dicho inmueble estará en el resultado de esa búsqueda. usted, desea investigar.
** El resultado se entrega en el día.
** Costo del servicio citado, es de S/. 6.00 Nuevos Soles.
Caso contrario, y usted no disponga del nombre del propietario del inmueble, tendría que hacer una búsqueda catastral, para lo cual, adjuntará la siguiente documentación:
- Plano perimétrico.
- Plano de ubicación
- Memoria descriptiva
** Documentos que deben estar suscritos por Ingeniero o arquitecto colegiado.
** Planos, deben contar con coordenadas UTM, concordados con el sistema psad 56 o wgs 84.
** Costo: S/. 61.00 Nuevos Soles
Obviamente elegir la búsqueda catastral es mucho más costoso y dificultoso para conseguir los documentos que se requiere.
Finalmente, tenga presente que si el inmueble es inmatriculado, es decir, que nunca llegó a estar registrado en SUNARP, no podrá obtener ningún número de partida porque nunca fue asignado a dicho inmueble (como sucede en el caso de muchas invasiones ilegales de terrenos que no llegan a formalizarse).
Entonces, si uno tiene número de partida en la SUNARP, quiere decir que el inmueble ya está en registros públicos y le pertenece; por lo tanto ya puede traspasarlo?...el traspaso, más no venta, cuánto tiempo demanda?...gracias!
ResponderEliminarNo exactamente, si el inmueble tiene partida significa que está registrado en SUNARP (Registros Públicos), pero la "pertenencia" (propiedad) depende del documento que acredita el traspaso de la propiedad (compra veta, donación, testamento, etc) y puede suceder que esos documentos (títulos de propiedad) no lo hayan registrado, generando una situación muy problemática porque existen dueños actuales con títulos de propiedad no inscritos y existes dueños (anteriores) con títulos de propiedad que si están registrados.
EliminarEn un conflicto por verificar quien tiene la propiedad del inmueble, entre un propietario con título inscrito y uno sin inscribir, el derecho peruano da preferencia al propietario que inscribió su título en SUNARP (un premio por su diligencia).
Sobre su pregunta del traspaso no entiendo bien a qué se refiere, porque me dice que no es la venta. Si con "traspasar" un inmueble quiere decir el traspaso físico para ejercer posesión pues es casi inmediato basta con habitar el inmueble.
Para contestar mejor su pregunta le agradecería que me explique que quiere decir cuando se refiere a "traspasar" un inmueble.
Saludos
Ling Santos
Eliminarla casa esta a nombre de mi suegro el ya fallecio hace cuatro años tiene 5 hijos comn mi suegra,eran casados,ahora mi suegra quiere sacar una copia literal de bienes e inmuebles para pasar la casa a su nombre y repartir a sus hijos .SE PUEDE HACER ESE TRAMITE O NO? muchas gracias por su respuesta Dios me lo bendiga
ATT ROSSMERY
Se puede decir que el número de "La Partida Registral" es el número de la partida electrónica???
ResponderEliminarEl número de la partida registral es el género y el número de la partida electrónica es la especie, entonces si puedes entenderlo de la forma que planteas. Lo que sucede es que hay partidas más antiguas que no han sido incorporadas electrónicamente al sistema de SUNARP (no las escanearon) y por tanto esas partidas no tienen número de partida electrónico. Saludos
EliminarQue amigo Ling, hace un tiempo que no llegan recibos de Impuesto Predial y Arbitrios a mi domicilio, y cuando fui a la Oficina de Rentas del Distrito me dijeron que "el inmueble" no figuraba, será un error de registro en la Municipalidad? O será algo más? ...De todos modos tendría que ir a Registros Públicos y sacar esa Partida para así ver que todo este en orden?. Gracias.
ResponderEliminarTe recomiendo por seguridad que saques una copia literal de dominio de tu inmueble, para que te asegures que no hubo ninguna transferencia de propiedad maliciosa y que todo sigue a tu nombre.
EliminarLuego de verificar que efectivamente todo está "normal" en registros públicos, acércate a la municipalidad para que te asegures si se trata de un error administrativo de notificación (lo más probable porque si te llegaron los recibos prediales anteriormente tuvo que estar registrado el inmueble, trata de llevar algún ejemplar a la municipalidad para que acredites que si te llegaron recibos prediales antes) o si efectivamente tu inmueble no ha sido registrado, en el último caso puedes aprovechar para que te indiquen los requisitos para la inscripción en caso no estuviera en el registros municipal.
Saludos
Ling
HOLA, tengo una propiedad a mi nombre que estoy apagando al banco por la hipoteca; he recibido un documento de otro banco diciendo que mi propiedad entrara en remate debido a que una persona desconocida saco un prestamo e hipoteco mi casa. En el documento especifica que el ha bloqueado mi partida electronica y ha hecho una minuta, luego una escritura, que puedo hacer?
ResponderEliminarEs un tema muy complejo, pero primeramente le recomiendo que se asegure que esa información es correcta, vaya a SUNARP y solicite una copia literal de la partida de su inmueble, en ella podrá constatar si existen los actos de transferencia y de la segunda hipoteca que no es la suya.
EliminarEn el caso que se cierto, se debe analizar los actos de transferencia e inscripción para anularlos por fraudulentos.
Saludos
Es muy complicado esos tramites? podre perder mi casa? , Gracias por las respuestas.
EliminarEn la mayoría de casos de este tipo, para que otra persona logré hipotecar el inmueble primero transfiere la propiedad a su nombre, es decir, probablemente usted ya no esté registrado como propietario.
EliminarPero la facilidad del caso radica en los medios probatorios, especialmente en los medios que usaron para falsificar los documentos, si lograr determinar que existe fraude (que las firmas que transfieren la propiedad no son las suyas) usted puede conservar su inmueble y la hipoteca a favor del otro banco no le podrá ser exigida.
Pero no especulemos, todo análisis debe ser hecho en base a los documentos que tiene a su alcance, sea precavido y reúnase con su abogado de confianza para tomar las medidas legales del caso.
Atte
me podria ayudar en que se diferencia la copia certificada de tomo/ficha, copia certificada de partida electronica y copia certificada titulo archivado y para q sirven cada una e ellas....gracias
ResponderEliminarTe respondí en este artículo:
Eliminarhttp://www.estudiojuridicolingsantos.com/2014/07/diferenciapartidaregistralfichatomotituloarchivado.html
Saludos.
una consulta realice una búsqueda catastral y me salio en la parte de analisis y conclusión :
ResponderEliminar-parcialmente dentro del ámbito mayor de lo inscrito en la partida ####
-parcialmente sobre el área inscrita en la partida ####
-el saldo dentro del ámbito inscrito en la partida ### , en área de vías
realice una búsqueda catastral de una parcela y quisiera saber que significa ?
Disculpa por la demora en contestar, lo que indicas significa que parte del área física de la parcela excede los límites registrados en SUNARP y está invadiendo terreno inscrito en otro registro,
EliminarEjemplo: si el área de la parcela fuera 110m2, tu registro en SUNARP solamente tiene registrado 100m2 y los otros 10m2 están en otro registro.
Saludos
Hola disculpa me gustaría saber que debo hacer en caso de no contar con titulo de propiedad, solo tengo un certificado de posesión... anteriormente eh estado pagando todos mis Autoavalúos, no se tramites debo realizar para tramitar mi titulo de propiedad...
ResponderEliminarEs un poco complejo responder tu pregunta porque depende de las circunstancias particulares de tu caso para elegir la mejor opción, te recomiendo que reúnas toda la información documentaria que tienes y consultes con tu abogado de confianza para que elijan la mejor opción para ti (compra venta, trámite ante COFOPRI, reivindicación, etc).
EliminarPor otra parte, el trámite en Sunarp para registrar su título se llama "inmatriculación de inmueble"
Quisiera saber si un mismo terreno puede haber dos partidas electronicas registradas, tal es el caso que hay un terreno en venta y cada uno tiene su propia partida pero el usuario A dice que el usuario B ha superposicionado el terreno de la partida del usuario A.
ResponderEliminarComo puedo verificar si ya tengo las dos partidas elecotronicas a la mano.
Saludos
Existen casos en los que dos inmuebles vecinos inscriben sus propiedades en SUNARP y sus límites están superpuestos, para identificar superposición debe verificar la información de las extensiones del inmueble inscritas en la copia literal (si usted mismo puede entender los datos registrales) o si desea una apreciación de la SUNARP solicite un CRI (ceritificado registral Inmobiliario) y un registrador indicará, entre otros, si existe superposición.
EliminarSaludos .
en la partida electronica figura mal escrito el nombre de mi esposa tiene una vocal demas.... que debo hacer donde inicio mis tramite de rectificacion o que debo hacer... gracias
ResponderEliminarSi el error es responsabilidad de Registros Públicos (mala transcripción de datos del título original) entonces inicias al trámite denominado "RECTIFICACION DE ERRORES MATERIALES POR CAUSA IMPUTABLE AL REGISTRO"; si el error no es responsabilidad de Registros Públicos debes iniciar el trámite "RECTIFICACION DE ERRORES MATERIALES POR CAUSA NO IMPUTABLE AL REGISTRO".
EliminarEstos procedimientos los realizas en SUNARP presentando el formulario que ellos mismos te dan, indicando la partida donde está el error y pagando los derechos por rectificación (no se paga si el error es responsabilidad de SUNARP).
Saludos
Tengo una duda. Una pareja de convivientes (ambos separados de su primera relacion de casados por civil) llevan mas de 25 años juntos viviendo en un inmueble con los hijos de cada uno, además de los suyos. Cuando COFOPRI formalizó hace 20 años esa propiedad levantó los datos de los titulares, sin embargo en esa propiedad el declarante solo fue el hombre donde se consignó “soltero”, a fin de no darle derechos a su ex pareja (Dato aparte, solo la cuponera de Arbitrios e Impuesto Predial de la municipalidad aparece a nombre de su mujer actual). COMO HACER PARA CORREGIR ESA SITUACIÓN?
ResponderEliminarInscribir la unión de hecho y posteriormente anotarlo en la ficha del inmueble, con el cotejo de las fecha de inicio de la unión de hecho y de la inscripción de la propiedad se verificará que la propiedad se adquirió cuando había iniciado la unión de hecho.
EliminarSaludos
por favor quisiera saber si titulo de propiedad de inmueble es igual a titulos de dominio . por q yo compre una casa en el 2007 y ahora como se ven tantos casos de usurpacion quiesiera saber si tengo q modificar mi partida le agradeceria por favor me responda gracias de antemano
ResponderEliminartítulo de propiedad y título de dominio son sinónimos, se trata de cualquier documento que contenga el derecho de propiedad a su nombre, lo importante no es la denominación sino el texto de este documento, debe quedar claramente especificado que usted es el propietario.
EliminarSaludos
mi padre tiene una casa de 1 piso y quiere dejar a sus tres hijos un piso cada uno debe independizar cada piso o basta solo con dejarlo como herencia gracias
ResponderEliminarSi su padre tiene una casa de 1 piso, no puede dejar como herencia un piso a cada hijo, ya que materialmente solamente existe uno; sin embargo, si tiene la posibilidad de independizar es mejor hacerlo asi, de esa forma se evitará problemas legales posteriores.
EliminarSaludos
Saludos
quiero comprar un terreno en chilca tiene partida registral, tiene la compra venta a una comunidad, pero no tiene titulo. Que màs debo verificar para no ser timado, grasias amigo Ling
ResponderEliminarBuenazo tu web, es educativo y orientador
Estimado, en estos casos para evitar ser timado es necesario un estudio de títulos efectuado por un abogado, quien al final le dirá si es factible legalmente adquirir el inmueble (el costo por recuperar un inmueble es mayor al de pagar una buena asesoría).
EliminarSi quien le vende no tiene título su inversión es muy arriesgada, sacar una copia literal de dominio de la partida le dará más información registral para que evite ser timado.
Saludos
gracia por la orientaciòn
Eliminardisculpen no encuentro la búsqueda de indice en sunarp
ResponderEliminarPida un formulario de búsqueda y marque la opción propiedad con el nombre del propietario.
EliminarSaludos
Buenos días... tengo el siguiente problema:
ResponderEliminarHace 2 meses aproximadamente que entregaron los títulos de propiedad (en el mismo local de mi sector) en toda mi zona, pero a mi no. Después de unas semanas, cuando llamé a Cofopri, me dijeron que mi título si había salido, que se lo habían entregado al Municipio de Lima, y que me acerque al mismo, para recogerlo.
Cuando me acerqué al mismo Municipio, efectivamente, me indicaron que si les llegó, pero que lo enviaron junto con otros títulos (según versión de ellos) al IMP (Instituto Metropolitano de Planificación de vías) para realizar un estudio para una posible construcción de una vía, y que solo tenía que esperar la decisión final...Que llame dentro de un mes para saber la respuesta.
Es absurdo que puedan construir alguna vía sobre viviendas que ya están levantadas 2 o 3 pisos. Ya pasó el tiempo indicado, y solo me dicen que siga esperando, que aún no definen el caso...
En el Municipio me dijeron que puedo sacar una copia del título en la Sunarp, pero aún así, mi preocupación crece cada día mas, hasta he llegado a pensar que hay una mala intención en todo esto...
Cabe resaltar que vivo en una avenida principal, y que presenté todos los documentos necesarios a la hora de inscribirme.
Agradezco de antemano su respuesta o consejo... Saludos.
Si le indicaron que está en SUNARP puede solicitar una copia literal para verificar si efectivamente ya está registrado su título (si está registrado actualmente ya es legal que usted es el nuevo propietario), en paralelo puede presentar una solicitud de entrega del título de propiedad tanto en Cofopri como en la Municipalidad de Lima, así como presentar queja administrativa en caso de defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos establecidos legalmente, incumplimiento de los deberes funcionales.
EliminarSaludos
Sr Ling Santos agradezco su gentil respuesta:
ResponderEliminarun auto propietario es luisa
vendedor es carlos
posesionario YO
mi primo es alex
carlos vende el auto a YO (como tenia problemas) puse la transferencia a alex
luisa firma la transferencia del auto a alex
YO nunca hice despues la transferencia desde 1977 hasta hoy
alex fallecio hace 2 años
en la revision tecnica de este año se me hace la observacion de medidas alto, ancho, altura (que no existia reglones en la tarjeta propiedad amarilla antigua)
voy a la notaria y me dicen que el fallecido 'alex' debe firmar
el contrato que tengo entre carlos y YO no tiene sustento para prescripcion vehicular (si hubiera tenido un papel entre alex y YO hubiera procedido)
irme a juicio demora y estaria en manos del juez
la unica salida me dicen es recurrir a los herederos de alex
fui hablar con el hijo de alex y me dijo que habia sido declarada unica heredera su mama (y no los hijos pues tuvo otros hijos fuera matrimonio alex)
doctor que tramite debo hacer para que la viuda de alex me haga la transferencia y evitarle a la vez excesiva perdida de tiempo que imagino demora este tramite, pues ellos nunca tuvieron el auto en su poder.
Gracias doctor por su atencion y espero una orientacion a este lio que por confiado YO me he ganado...
Como bien refieres, considerando que no existe prueba alguna del contrato entre Alex y usted, por la posesión del bien la única forma de "exigir" algo es mediante un proceso de prescripción judicial, la otra forma es hablar con la viuda y explicarle la situación confiando en su buena fe de firmar (lo cual es muy improbable que suceda).
EliminarLastimosamente es el precio de no regularizar la propiedad en más de 30 años.
Saludos
HAY LA POSIBILIDAD Q EL INMUEBLE TENGA COMO UN DUEÑO A UNA PERSONA SEGUN LA MUNICIPALIDAD...PERO QUE ESTE INSCRITO EN LA SUNARP CON OTRO NOMBRE????
ResponderEliminarSi, cuando los nuevos propietarios son negligentes no siempre actualizan su titularidad ante la municipalidad o ante Sunarp, lo cual ocasiona problemas legales porque aparecerá en registros públicos o la municipalidad el anterior propietario como actual titular y no el nuevo comprador del inmueble.
EliminarAnte estos casos es necesario actualizar el registro ante la Municipalidad o ante SUNARP según corresponda, presentanto el título de propiedad que acredita la titularidad vigente.
Saludos
Buenas tardes , en un perímetro de 190 mts, recibí de donación en el primer piso una casa de 80 mts , en el segundo piso una habitación de igual medida, y los aires 50 % a cada uno ,los 110 mts se lo ha donado a otro hijo, y este lo ha vendido a su hijo mayor , mi pregunta se debe independizar la propiedad con la primera persona ??? como saber si ya independizo su parte porque a la fecha el cogio mi documento saco copia y legalizo la firma en un documento membretado que son dos caras , y yo le digo que me de para independizar y se hace el desentendido,
ResponderEliminarpor favor que acciones tomo.
gracias
Independice su inmueble usted en mérito a la escritura pública de donación, para ello deberá reunir los siguiente requisitos ante SUNARP:
Eliminar* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
* Escritura Pública de transferencia por donación.
* Intervención del donante y el donatario, es decir, quien transfiere y quien recibe el predio; debe indicar el valor real el predio donado.
* Ubicación del Predio con indicación del dato de inscripción en el Registro de Predios.
* Debe contener una cláusula de aceptación expresa del donante.
Finalmente le recomiendo que no realice ningún trámite relativo a inmuebles por su cuenta sin asesoría legal profesional, caso contrario acciones negligentes podrían generar la pérdida de su propiedad.
Saludos
En el año 1984 compre un terreno el cual nunca fue registrado, pero lo estuve ocupando por algunos años, tuve que viajar fuera del país y ahora me doy con la sorpresa que en el terreno se han construido casas por parte de la persona que me lo vendió, tengo en mi poder una copia de una minuta que nunca terminaron de registrar en la notaria Vigíl, además de las letras pagadas por dicha propiedad. Quisiera saber si tengo alguna oportunidad de recuperar mi propiedad o ya la he perdido, en cuyo caso podría reclamar mi dinero…. ¿es posible?
ResponderEliminarBuenas tardes. Yo compre una casa en un condominio hace 2 años que fue mediante un credito mi vivienda con el BCP, aun sigo pagando la casa ya que aun me restan 13 años por pagar. Pues bien deseo ahora vendre mi casa y al ir a registros publicos me doy con la sorpresa que no estaba inscrito a mi nombre en SUNARP, al parecer aun estaba registrado a nombre de la constructora. Llame para reclamar esto y me indicaron que ya habian presentado la solicitud de independizacion, pero el tecnico de catastro tuvo algunas observaciones y por ese motivo se dilato el tema de la independizacion. Segun esta persona "Area Legal" de la Constructora, las observaciones ya fueron levantadas y el Registrador va a registrar la independizacion maximo hasta la otra semana. Para lo cual segun entiendo y lo indicado por esta persona, se lograra inscribir la independizacion y asi obtener la partida registral de cada Lote. Luego de eso la Constructora procedera a iniciar el tramite de Declaratoria de Fabrica, lo cual demora 30 dias como maximo segun esta persona.
ResponderEliminarMi duda o consulta es saber en que punto puedo proceder a tener el derecho de vender mi casa? Cuando ya tenga el documento de Partida Registra o recien cuando se proceda a finalizar la inscripcion de declaratoria de Fabrica?. Por favor si puede ayudarme a despejar mi duda se lo agradeceria.
Saludos.
Hola Buenas tardes, le agradesco anticipadamente su respuesta o algun comentario.. mire voy a registrar y tambien hacer una incripcion en la SAT, pero el detalle esta que en su base de datos de la SAT no aparece la dirreccion , esta con otro numero, ahora yo solicite la partida registral del inmueble que es un departamento y tambien ahi esta mal la direccion, pero en la minuta que se envio a la notaria y que luego se firmo los datos estan correctos, quisiera una orientacion porfa vor. gracias
ResponderEliminarDebe verificar si la escritura pública de la notaria está con la información correcta, de ser así el error en la inscripción será responsabilidad de la SUNARP y debe realizar una trámite de corrección de errores por responsabilidad atribuible a la SUNARP (trámite gratuito); caso contrario y la escritura pública tiene el error por mala transcripción de la minuta por la notaría, entonces debe efectuar la corrección de la escritura pública y posteriormente con la nueva escritura pública proceder a la corrección de la partida electrónica mediante el procedimiento de corrección de errores por responsabilidad no atribuible a SUNARP (tiene un costo el procedimiento).
EliminarFinalmente se procede a inscribir en el SAT con la escritura pública y partida electrónica regularizadas.
Saludos
buen dia una consulta , el titulo del inmueble donde habito actualmente esta a nombre de mi padre k fallecio hace tres años kisiera saber como puedo ponerlo a nombre mio o de alguno de mis hermanos, se puede hacer algun tipo de traspaso? o en todo caso k solucion me da?
ResponderEliminarPara el cambio de titularidad debe realizar el procedimiento de sucesión intestada (si su padre no dejo testamento) o sucesión testamentaria (si su padre dejo testamento), y luego proceder a inscribirlo en SUNARP.
EliminarSaludos
Mis saludos :
ResponderEliminarTengo 2 propiedades inscritas en SUNARP-CAÑETE, cada cierto tiempo saco una Copia Simple por el Número de Ficha, pero observo en la línea inferior de la hoja al lado de Ficha, aparece PARTIDA. Mi pregunta : ¿Cuál es la diferencia entre Número de Ficha y Número de Partida?; ¿Presenta la misma información cuando se solicita una Copia Simple por Ficha?.
Gracias por la atención.
Si presenta la misma información, la diferencia está en el soporte el que están registrados, para mayor detalle revise el siguiente artículo:
Eliminarhttp://www.estudiojuridicolingsantos.com/2014/07/diferenciapartidaregistralfichatomotituloarchivado.html
Saludos
Ling saludos. Tengo una pregunta que quiere decir titulo? como es el documento? que anotaciones tiene?. Tengo una casa, esta registrado en la Sunarp, consejo municipal,autovaluos agua luz, todo esta a mi nombre, tengo minuta de compra y venta. "PERO QUE QUIERE DECIR TITULO DE PROPIEDAD? Gracias por la respuesta angeltovar48@live.se
ResponderEliminarTítulo de propiedad es aquel documento que acredita tu propiedad, y el documento varía dependiendo del cómo adquirió la propiedad el propietario, ejemplos:
Eliminar-Si usted obtuvo la propiedad por testamento, su título de propiedad sería el testamento que dejó su padre transfiriendo la propiedad.
-Si usted obtuvo la propiedad por compra venta, su título de propiedad sería el contrato de compra venta (recuerde que siempre debe elevarlo a escritura pública e inscribirlo en SUNARP por seguridad).
-Si usted obtuvo la propiedad porque se la donaron, su título de propiedad sería el contrato de donación.
Así hay muchas más situaciones que generan la transmisión de propiedad, pero la idea es la misma , el documento en el que conste la "transferencia de propiedad" será el "título de propiedad".
Saludos
SR. Ling buenas tardes agrade seria me oriente en este tramite que estoy haciendo le comento soy posesionario de un terreno por santa y ya estoy viviendo mas de 10 años y e mandado sacar mis planos para formalizar mi titulo y en la búsqueda catastral me salio un numero de partida que le pertenecía al estado quisiera informarme los tramites ya que hoy en día hay mucha viveza asta con los que tramitan los papeles gracias
EliminarEn el caso de formalización del título de propiedad existen muchos caminos que se pueden efectuar para conseguirlo, pero para elegir la mejor opción es necesario analizar todo el acervo documental que usted tiene a disposición, le recomiendo que reúne todos los documentos que tiene y consulte con su abogado de confianza para que junte a él pueda elegir la mejor opción para usted.
EliminarSaludos
Buenos días, estoy casada hace 15 años y mi esposo ha comprado un terreno y construido una casa en cusco ahora estamos en proceso de divorcio y el dice que a mi no me corresponde nada de ese inmueble pero yo he estado colaborando con la manutención del hogar y de nuestros dos hijos durante todo este tiempo.
ResponderEliminarCómo puedo hacer para probar que el adquirió esta propiedad durante nuestro matrimonio ya que el indica que no se encuentra a su nombre.
Muchas gracias
Buenas noches yo vivo en casa de mi papa desde que nací a los 2 años mi papa falleció por un accidente que tuvo el tiene una hija de su primer compromiso y yo soy del segundo compromiso mi papa no se caso con mi madre pero vivimos en la casa 22 años pero no dejaron los papeles a nombre de mi padre, mi media hermana dejo a su madre con poder para poder pedir la mitad de la.casa pero mi abogado me indico que podíamos iniciar un juicio para incluirme para ser heredero ya que me corresponde por ser hijo, ganamos un juicio y tenían q incluirme como heredero y salio la resolución pero no se si eso se debe llevar a inscribir a la SUNARP o apenas salga lo de la inclusión que sale a nombre y de mi media hermana ya esta automática registrado o tengo q acercarme a registros publicos a hacer algo adicional? Por favor agradecería q me puedan apoyar gracias
ResponderEliminarSrta Vega, es necesario que registre la sentencia en Registros Públicos a fin que usted sea reconocida como propietario y pueda defenderse de posibles fraudes.
EliminarSaludos
Buenos dias gracias por su ayuda, los documentos estan en trámite ya que pasaron a ser archivados por el tiempo ya que en noviembre salio la sentencia a lo cual mi abogado no nos informo hasta el mes de abril que vine a la sunarp para ver a que nombre salian los papeles de la casa y salian aún solo como dueña universal mi media hermana, ahora que salgan los papeles y se haga la inscripción en SUNARP mi media hermana quiere hacer la partición del 50% cada uno del inmueble, a lo cual un abogado me informo que podía iniciar un juicio para que a mi madre le corresponda también un porcentaje de la casa, eso es factible asi no hayan estado casados? Fueron convivientes y nosotros vivimos en esta casa desde hace 22 años y esta casa no las dejo mi padre a nosotros pero lamentablemente tuvo un accidente y no pudo dejar la herencia en vida, porque el dijo que esa casa nos correspondía a nosotros y aun asi mi hermana vino a reclamar la mitad de la casa, que es lo que podría hacer y cuanto porcentaje le correspondería a mi madre?gracias por su ayuda
EliminarBueno si su abogado le informó de esa posibilidad lo correcto es que sea él quien le indique el detalle del proceso que pretende iniciar.
EliminarDe manera general deberá probar la relación de su señora madre con su padre, y dependiendo qué tipo de unión de hecho tenga los derechos variarán, en el mejor de los casos podrían reconocerle "gananciales" un porcentaje proporcional de la herencia dividida entre todos los herederos que concurran.
Saludos
Buen día Sr. Ling.
ResponderEliminarTengo una duda, hace un tiempo saqué un préstamo bancario, para saldar algunos gastos, estuve pagando normalmente hasta la cuota 8 pero cuando iba a cambiarme de trabajo tuve una delicada operación y dejé de pagar ya hace 3 meses y posiblemente para volver a trabajar demoraré 3 meses más, el banco me ha estado llamando todos los días. Yo tengo a mi nombre dos terrenos en provincia, y mi pregunta es: ¿ el banco puede embargar mis bienes pese que no garanticé el préstamo con ninguno de las propiedades que están a mi nombre?, es posible que pueden averiguar y hacerme una cobranza coactiva y poder embargar esos bienes?
Posiblemente en cuanto esté recuperado volveré a trabajar y retomaré los pagos.
Gracias.
Atte. Jhon
Sr Jhon:
EliminarSi es posible el embargo de sus terrenos por parte del banco, le recomiendo que hable con ellos y solicite un refinanciamiento o un plazo espera hasta q retome sus pagos, por lo general el banco accede a estas solicitudes porque el cliente demuestra interés en el compromiso de pago.
Saludos
Hola Doctor . Mi caso es sobre un terreno, que fue adquirido por una persona "A"
ResponderEliminarquien compra a una empresa constructora,por contrato de compra venta al contado,esta persona vende el terreno a otra persona "B" por contrato de compra venta y que se posesiona por mas de 15 años. la persona "B" nos trasnsfiere su posesion (llamemonos persona "C") ,muy aparte del contrato de compra venta y ya tengo 2 años de posesion .
pregunta 1:la trasferencia de posesion es acumulativa si la persona "B" tiene 5 años y la "C" tiene 5 , es valido para la prescripcion adquisitiva para la persona "C".
pregunta 2:cual es el procedimiento exacto para poder registrarle el terreno a registro publico sea por prescipcion o por contrato de compra venta .
L a empresa constructora que vendio los terrenos no quiere inscribirno en registro publicos ,pero ya los propietarios tienen mas de 20 años viviendo con casas ya construidas pues la empresa si registra en los registro publicos .
pregunta 3: como puedo ser propietario por medio de posesion o contrato de compra venta ?,ya que hable con la enpresa y solo me quiere otorgar una minuta o contrato de compra venta mas no como acciones y derechos.
pregunta 4: me valdra su contrato de compra venta o minuta ?
Muchas gracias por su respuesta y la atencion que en realidad ayuda a muchas personas.
El plazo de posesión es acumulativo si la transferencia es válida. Usted es propietario porque adquirió el bien con un contrato de compra venta asi que pedir una prescripción es un contra sentido, no le pueden volver a declarar propietario porque ya lo es.
EliminarEn cuanto a la inscripción y el problema con la constructora es necesario que consulte con su abogado de confianza y sea él quien luego de un estudio de títulos y de los contratos, le diga el mejor camino para que logre su pretensión.
Saludos
como puedo obtener el titulo de propiedad si solo cuento con la partida registral o que documentos necesito gracias
ResponderEliminarSi tiene la partida registral y desea una copia del título de propiedad que generó la partida puede pedir una copia literal de dominio o solicitarlo mediante título archivado.
EliminarSaludos
Buenas noches como saber los datos del nuevo dueño de una casa ya que me la quieren vender pero con los datos de la vendedora no me sale nada a su nombre en registros, COMO puedo hacer para saber el nombre de los dueños si solo tengo la dirección de la casa
ResponderEliminarSi la persona que te quiere vender no aparece en registros entonces estás expuesto a una compra de alto riesgo, probablemente el vendedor no es dueño y se trate de una estafa inmobiliaria.
EliminarBuenas tardes:
ResponderEliminarTengo el caso que mi Padre tiene un inmueble de 140m^2 de 1 piso completo, nos quieren dar a mi esposa y ami todo el segundo piso para construirlo.
Mi consulta es:
El traspaso de la propiedad como seria: compra venta, donación, testamento, etc. viendo nuestra conveniencia en cuanto a futuros prestamos o financiación bancaria, o que otros beneficios obtendríamos.
y cuanto es el costo y/o duración del tramite
El problema es que solamente hay un inmueble, no existen "los aires", para que "el 2do piso" exista, debe primero independizarlo en registros públicos (Sunarp).
EliminarEl traspaso de la propiedad lo puede hacer por cualquiera de los medios que usted menciona; el costo y duración del trámite dependerá del medio de traspaso que usted elija, ninguno de los medios durará más de 3 meses en perfeccionarse, salvo el caso de testamento (obviamente tendrá que esperar a que fallezca su padre).
Saludos
Buenos días
ResponderEliminarEstimado Ling Santos:
Como se puede trabar un inmueble para que este no sea vendido, lo que sucede es que fuí víctima de una estafa y estos delincuentes venden compulsivamente el inmueble. Se está en procedimiento judicial, pero estos sujetos revenden como se les da la gana.
Muchas gracias
Una de las formas es constituirlo como patrimonio familiar, trabar un bloqueo registral, o simplemente efectuar una anotación de la demanda judicial en la partida registral del inmueble para desvirtuar la buena fe de nuevos adquirientes
EliminarBuenas tardes:
ResponderEliminarAnticipadamente le agradezco por tomarse el tiempo de asesorarnos. Mi padre vive en Lima y también tiene una casa en el departamento de La Libertad. Hace poco se animó a comprar otra casa a través de una minuta porque el dueño no tenía más documentación. En esa época -hace 4 años-le manifestaron que no podía tener dos propiedad en una misma jurisdicción así que la propiedad se puso a mi nombre. Actualmente vamos a iniciar los trámites para obtener el titulo de propiedad. Mi pregunta es: ¿Es cierto que una persona natural no puede tener dos propiedad inscritas de una misma jurisdicción a su nombre?.
No tengo referencia de las circunstancias ni motivos por los que le dijeron eso, pero en principio usted puede adquirir todas las propiedades que desee en cualquier jurisdicción del país.
EliminarSaludos
Buenas noches:
ResponderEliminarDoctor, mi pregunta es la siguiente, mi madre tiene una casa de tres pisos y en el primer piso hay dos tiendas, y mi madre quiere vender una de las tiendas, para eso se necesita independizar la tienda? y si es asi que documentos tiene que presentar a la SUNARP?. y tambien quisiera saber que es la declaracion de fabrica y si se necesita ese documento para vender la tienda?.
La tienda debe tener acceso directo a la calle, si tiene acceso entonces solamente queda ir a Sunarp y sino tiene que hacerle un acceso (una puerta, si la independización implica una construcción debe tener aprobación de un ingeniero y ser declarado ante la municipalidad la nueva construcción-declaratoria de fábrica, ejemplo una pared, una puerta, etc).
EliminarUn abogado tiene que hacer el "reglamento interno del predio" (obligatorio en caso de propiedad horizontal), el cual indica cuántas unidades se separará, las medidas de cada división, y si existen áreas comunes (estacionamientos, pasadizos o patios).
Todos estos documentos deberán ser legalizados por un notario, y luego se presentan en Registros Públicos (SUNARP), que le otorgará una partida registral a cada división.
Finalmente, independizadas las divisiones se puede transferir a sus nuevos dueños, esto se realiza ante el notario, quien les hará firmar una escritura pública de división, participación y adjudicación; en la cual se indicará la transmisión de la división a su nuevo dueño, este será el título de propiedad de la división. Esta escritura es enviada a Registros Públicos (Sunarp) para su inscripción.
Con respecto a la declaratoria de fábrica, sucede que a veces las personas compran inmuebles y construyen nuevas edificaciones que no son declaradas, por ejemplo: una persona compra un terrero y luego de una año construye un piso, los papeles de la municipalidad indican que el inmueble es un "terreno" pero en la realidad es "una casa de un piso"; o por ejemplo se compra una casa y luego es demolida y construyen un edificio de 20 pisos, en la municipalidad está registrada una casa pero en la realidad se trata de un edificio; la declaratoria de fábrica sirve para "declarar" las "nuevas construcciones" (fábrica = modificaciones inmobiliarias) y se tenga un registro actual del inmueble.
Saludos
Buenos días,
ResponderEliminarTengo una consulta sobre una sucesión intestada. Hace unos meses tramite la sucesión intestada de mi madre, y para realizar unos tramites me están solicitando la anotación definitiva, por lo que fui a registros públicos y solicite una copia literal de la partida que me indicaron en la notaria.
Me entregaron dos hojas, una indica en rubro: anotación preventiva y la otra causante y sus herederos. (la cual supuse que es la anotación definitiva).
Pero cuando he presentado los papeles, me indican que no es anotación preventiva.
Me podría indicar si la anotación preventiva y la anotación definitiva tiene el mismo numero de partida? que pudo pasar? la notaria quizá no ha tramitado la anotación definitiva.
Muchas gracias por su ayuda.
Las anotaciones preventivas son asientos provisionales y transitorios que tienen por finalidad reservar la prioridad y advertir la existencia de una eventual causa de modificación del acto o derecho inscrito.
EliminarSon susceptibles de anotación preventiva, las demandas y demás medidas cautelares, así como las resoluciones judiciales que no den mérito a una inscripción definitiva. Asimismo se extenderán anotaciones preventivas en los demás casos autorizados por las disposiciones vigentes.
Hay dos formas de hacer la sucesión intestada:
1 ) VIA NOTARIAL
1.1) Anotación Preventiva.- Iniciado el trámite notarial se inscribe para poner en conocmiento de la sociedad que "notarialmente" se la solicitado la apertura del procedimiento de sucesión intestada; se efectúa a pedido del Notario y para ello se adjunta la copia legalizada del pedido al Notario.
1.2) Anotación Definitiva.- Finalizado el procedimiento notarial se expide un acta notarial que declara a los herederos legítimos. Esta acta es inscrita en SUNARP para poner en conocimiento quienes son los herederos finales de una determinada persona. Para eso se adjunta el Acta Notarial de Declaración de Herederos
2) VIA JUDICIAL
2.1) Anotación Preventiva.- Presentada la demanda judicial de sucesión intestada, esta se inscribe en SUNARP para poner en conocimiento de la sociedad que se está solicitando a un juez la declaratoria de herederos de una persona. Para eso se adjuntar el Parte Judicial que comprende el oficio del Juez para Registros con copia certificada de la demanda y la Resolución que admite la demanda.
2.2.) Anotación Definitiva.- Finalizado el proceso de sucesión inestada se expide una resolución judicial que declarada definitivamente a los herederos legales de una perosna, esta resolución es inscrita en SUNARP para que toda la sociedad conozca a los herederos legítimos. Para la inscripción en SUNARP se adjuntar el Parte Judicial que comprende el Oficio del Juez para Registros con la copia certificada de la(s) sentencia(s) y el auto que declara consentida o ejecutoriada la sentencia.
Tanto la anotación preventiva como la definitiva van en la misma partida registral, pero en asientos diferentes.
Saludos
buenas noches mi pregunta es donde averiguo cual es el numero de la ficha registral de un terreno en Asia. Quisieramos venderlo pero me preguntan esa informacion y no la tengo. Donde me lo pueden proporcionar. Vivimos fuera del Peru.
ResponderEliminarMuchas gracias, veo que es muy atento y responde todas las consultas que se le hacen.
La información la consigue en registros públicos (SUNARP).
EliminarSaludos
Mi madre tiene viviendo en una casa por mas de 70 anos, el dueno de la casa aparece en reguistros publicos, pero esa persona ya fallecio, ahora la tercera generacion del dueno fallecido me aumentando el doble de el pago mensual.
ResponderEliminarQue derecho tiene esa persona para cobrarme y subirme los pagos? Or que documentos me tiene que el presentar para validar que el es nuevo dueno?
Mi mama por vivir muchos anos en esa propiedad, tiene algun derecho en ella?
Mi madre tiene viviendo en una casa por mas de 70 anos, el dueno de la casa aparece en reguistros publicos, pero esa persona ya fallecio, ahora la tercera generacion del dueno fallecido me aumentando el doble de el pago mensual.
ResponderEliminarQue derecho tiene esa persona para cobrarme y subirme los pagos? Or que documentos me tiene que el presentar para validar que el es nuevo dueno?
Mi mama por vivir muchos anos en esa propiedad, tiene algun derecho en ella?
Los herederos tienen el legitimo derecho de suceder las propiedades de sus familiares y en ese sentido pueden disponer un aumento de renta pero para ello deben dar aviso previo al arrendatario a fin que éste tome la decisión de aceptar el aumento o resolver el contrato y dan fin al arrendamiento (alquiler). Para validar que es el nuevo dueño tiene que haberse formalizado la transmisión de propiedad en SUNARP.
EliminarSu madre y usted tiene derechos como inquilinos, no tiene ningún derecho de propiedad o sucesión sobre la propiedad.
Saludos
Hola una consulta quisiera saber sobre esto lo que pasa es que las personas A y B compraron un terreno en el año 2001, pero la persona A se quedo con todos los papeles, pero en la compra venta figuraban ambos, y ahora la persona A ha sacado una MINUTA en el cual solo figura su nombre sin que la persona B renuncia la totalidad del predio, que podría hacer como persona B para poder recuperar mis derechos frente a ese terreno ya que lo ha sacado en la misma NOTARIA y la misma ABOGADA que hizo la compra - venta, Gracias espero su respuesta.
ResponderEliminarHola Karla Mori Miranda, te respondí en tu último comentario, disculpa por la demora (exceso de trabajo).
EliminarSaludos
Hola una consulta quisiera saber sobre esto lo que pasa es que las personas A y B compraron un terreno en el año 2001, pero la persona A se quedo con todos los papeles, pero en la compra venta figuraban ambos, y ahora la persona A ha sacado una MINUTA en el cual solo figura su nombre sin que la persona B renuncia la totalidad del predio, que podría hacer como persona B para poder recuperar mis derechos frente a ese terreno ya que lo ha sacado en la misma NOTARIA y la misma ABOGADA que hizo la compra - venta, Gracias espero su respuesta
ResponderEliminarHola una consulta quisiera saber sobre esto lo que pasa es que las personas A y B compraron un terreno en el año 2001, pero la persona A se quedo con todos los papeles, pero en la compra venta figuraban ambos, y ahora la persona A ha sacado una MINUTA en el cual solo figura su nombre sin que la persona B renuncia la totalidad del predio, que podría hacer como persona B para poder recuperar mis derechos frente a ese terreno ya que lo ha sacado en la misma NOTARIA y la misma ABOGADA que hizo la compra - venta, Gracias espero su respuesta
ResponderEliminarDemandar la nulidad de la minuta (entiendo que ya es escritura pública porque lo elaboraron en la notaría); si lo hicieron si la participación de B, entonces puedes acreditarlo con la firma y huella consignadas en el documento.
EliminarSaludos
Buenos días, le agradezco de antemano su gentil respuesta, estoy deseando adquirir un terreno aquí en Hyo, y el inconveniente es el siguiente: tengo una copia de testimonio de compra venta firmada entre el anterior dueño y el actual, yo cuando fui a un notario, este me dijo que el nombre del notario que aparece en el testimonio era corrupto inhabilitado, y que no era posible realizar una compra venta con el testimonio del notario corrupto , me dio una salida el de volver a prescribir el terreno entre la actual dueña y mi persona. mi consulta es: hacer esto es confiable, o se corre el riesgo de que la primera dueña la reclame como suyo teniendo en cuenta el antecedente del notario corrupto, que me aconseja que puedo hacer? El nombre del notario corrupto es oscar socualaya camayo gracias
ResponderEliminarDe por si es una compra venta muy arriesgada, siempre existe la posibilidad puedan oponerse a la prescripción que le recomendaron y entonces usted tendría que seguir un juicio cuyo resultado es también muy incierto. Por otra parte, usted tiene un testimonio de compra venta, los dichos y comentarios de que el notario que la realizó era corrupto e inhabilitado no son suficientes para anular el título, estas circunstancias deben estar debidamente acreditadas y afectar sustancialmente al testimonio para que exista nulidad, ese título debe ser analizado con más detalle que el simple comentario de otro notario. Le recomiendo no comprar la propiedad o contratar un especialista que verifique la posibilidad de nulidad del título por las circunstancias comentadas (recuerde que usted está puede estar blindado por la fe registral).
EliminarSaludos
hola ,mi consulta es la siguiente; ay un terreno q lo quieren vender como puestos ,resulta q dicho inmueble cuenta con registro electronico , dime si es asi ,es confiable comprar un puesto en dicho terreno, ?
ResponderEliminary si es asi como puedo verificar si el registro electronico es de la persona q m quiere vender el puesto?
Para determinar la confiabilidad debe hacerse un estudio de títulos y analizar quien es el vendedor.
EliminarPara verificar si el vendedor es el propietario, el vendedor mismo debería entregar la copia literal que acredite su titularidad, si no es así puede solicitarlo en SUNARP.
Saludos
hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente: Tengo titulo de propiedad que me otorgo una municipalidad provincial en el año 1994. Sin embargo no anotaron el documento de identidad ni tampoco la valoración del lote adjudicado. Por lo que ha sido observado por la SUNARP. como puedo solucionar este asunto. gracias
ResponderEliminarComo primera medida puede solicitar al organismo que le expidió el título que complete la información faltante.
EliminarSalutos
PARA QUE SIRVE UNA BÚSQUEDA DE INDICE?
ResponderEliminardepende de lo que buscas, puedes obtener resultados sobre quienes son titulares de inmuebles, vehículos u otros actos registrables.
EliminarSaludos
BUENAS TARDES, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: MIS PADRE COMPRARON UN DEPARTAMENTO PERO DE DOCUMENTACION SOLAMENTE LE ENTREGARON UN ACTA DE ENTREGA DEL DEPARTAMENT, UNA COPIA LITERAL DEL AÑO 2015 (MIS PADRES COMPRARON EL AÑOS 2017). EN EL ACTA DE ENTREGA DEL DEPARTAMENTO INDICA QUE EL DEPARTAMENTO TIENE UN NUMERO DE PARTIDA ELECTRONICA. ¿POR FAVOR QUE DEBO HACER PARA CONOCER SI MIS PADRES YA FIGURAN COMO PROPIETARIOS, PUESTO QUE AUN A LA FECHA NO SE NOS ENTREGA EL DOCUMENTO DE COMPRA Y VENTA? INFORMO TAMBIEN QUE EL DEPARTAMENTO ES PAGADO MENSUALMENTE.GRACIAS
ResponderEliminarBuenos días..una consulta mi suegra falleció hace 8 meses y bueno ya empezaron los problemas.. Mi esposo construyó la mitad de la casa y no hizo ningún papeleo sobre eso,ahira mi cuñada dice que el no hizo nada y claro y lo más preocupante es que ella tiene los papeles de la casa.. Usted cree que ella puede ir a cambiar los papeles de la casa como suyo? Sabiendo que la Sra tiene más hijos y no solo ella? Pueden sacarnos así de la casa sin devolvernos nada,estoy muy preocupada por que ella dice que lo que estamos acá es como un alquiler.. Díganme que hacer
ResponderEliminarBuenos días .. Mi suegra falleció hace 8 meses y los problrmas empezaron en casa mi esposo construyó la mitad de ello y ahora la hermana menor nos dijo que ya deberíamos retirarnos, usted cree que ella puede registrar la casa como suya a pesar que la Sra tienes más hijos y no solo ella?? Pueden sacarnos no quieren devolver el dinero que invertimos dice q no los devuelve como si Hubieramos pagado alquiler en un lugar que vivimos todos no solo mi familia.. Díganme que podría hacer mi esposo ante esta injusticias.. Me preso upa porque ella tiene los papeles de la casa y hasta pago hace poco el autovalu de la casa.. Díganme como actuar ante esto.. Gracias
ResponderEliminarBuenos días.. Mi suegra falleció hace 8 meses y ya empezaron los problemas en casa, mi esposo cuando estaba en vida su madre construyó la mitad de la casa y cuando ella no estuviera ya este quedaría para el.. La cuestión de nuestra preocupación es cree usted que la hermana puede ponerse como propietaria de la casa ya que ella tiene los papeles.. Se podrá hacer eso a pesar que son como 4 hermanos.. Nos quieren retirar sin devolvernos nada nos quieren descontar como si nosotros alquilariamos por vivir acá con todo ellos.. Díganme que hacer estaría muy agradecida
ResponderEliminarhola hace dos semanas q hice el traspaso de herebcia de dominio a mi hermana y me dijeron que entre 10 dias espere la respuesta.y abueno espere y hoy fui a registros publicos a recoger la copia literal y me doy con la sorpresa que en la copia literal los datos de mi hermana no estan completos le ponen S/D que me dijeron que sigNIficaba sin DNI... y sin esa imformacion no puedo hacer otros tramites como puedo hacer para ir denuevo a que me retidiquen xk hacido error de la suanarp no mio y que no cobren al sacar nuevamente la copia literal.....
ResponderEliminarhoy fui a resgistros publicos a sacar una copia literal pero no esta la información completa sale en la copia S/D QUE le an puesto a mi hermana que significa sin DNI.... COMO PUEDO HACER EL RECLAMO SIN QUE ME COBREN X LO QUE HA SIDOO ERROR DE ELLOS NO MIO GRACIAS
ResponderEliminarhoy fui a resgistros publicos a sacar una copia literal pero no esta la información completa sale en la copia S/D QUE le an puesto a mi hermana que significa sin DNI.... COMO PUEDO HACER EL RECLAMO SIN QUE ME COBREN X LO QUE HA SIDOO ERROR DE ELLOS NO MIO GRACIAS
ResponderEliminarse puede obtener una partida registral solo con la direccion?
ResponderEliminarTengo un terreno que en la compra venta figura con 25 mt2 y en las coordenadas UTM figura 18-09 mt2 que debo hacer? espero su respuesta y le agradesco de antemano.
ResponderEliminarDeseo comprar un terreno en una urbanizacion ,en la sunarp no figura ningun dueño en la municipalidad no pagan tributos .Este terreno tiene cerca de 35 años desocupado y la constructora qe vendieron eses terreno ya no esiste ya se dio de baja en la SUNAT...mi pregunta es a donde ne dirijo para comprar dicho terreno
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