A: Primera letra del alfabeto español y de la generalidad de los abecedarios en los demás
idiomas. Entre los romanos servía para la emisión y calificación de los votos, no sólo en el
orden político, sino en el judicial. Cada juez tenía tres tablillas: una con la letra A, que
quería decir absolvo; otra con la letra C, que equivalía a condemno; y una última de las
letras N. L., correspondientes a non liquet, que aplicaba cuando el asunto no estaba claro o
no se habían probado los hechos. Por esa causa Cicerón, en su oración Pro Milone, llama
litera salutis a la A, o sea, letra que salva, letra saludable, en contraposición a la C, cuyo
significado era condenatorio.
En el Derecho Canónico la A, también como inicial de absolvo, denota absolución.
En Derecho Mercantil se combina en abreviaturas usuales de la letra de cambio; así: AP,
aceptada para protesto; ASP aceptada sin protesto; ASPC, aceptada sin protesto para
poner en cuenta, entre otras.
Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición.
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