*ABSOLUTORIO o ABSOLUTORIA. Se designa así al auto, fallo o sentencia judicial (civil o
criminal), que declara libre de la acusación, pena, delito o deuda por que era demandado
el reo o por los cuales era acusado o estaba sufriendo detención o condena. (v.
Absolución.)
Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición.
criminal), que declara libre de la acusación, pena, delito o deuda por que era demandado
el reo o por los cuales era acusado o estaba sufriendo detención o condena. (v.
Absolución.)
Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición.
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