La pericia no constituye una prueba, sino que es un medio auxiliar para que el juez valore un hecho en el proceso. El perito que por sus conocimientos especiales sobre determinada materia auxilia al juzgador para aclarar o interpretar un hecho que es materia de la controversia. Aquél que solicita la pericia debe precisar los puntos controvertidos sobre lo que versará el dictamen a emitirse.
lunes, 14 de noviembre de 2011
¿cuáles son las diferencias entre la violencia psicológica y la injuria grave?
Violencia Psicológica:
-Ánimo de daño
-Atentado a la integridad psicológica
-Criterio objetivo, se aprecia la violencia con una pericia.
-Implica un daño, entendido como el menoscabo psicológico que genera un estado de depresión, humillación , etc.
Injuria Grave:
-Ánimo de injuria
-Atentado al honor
-Criterio subjetivo, porque quien califica lo grave de la injuria es el ofendido
-No implica necesariamente un daño.
¿qué es el injusto para el derecho penal?
El injusto para el derecho penal es lo tipico y antijurídico, sin pasar por el filtro de la culpabilidad.
¿Cómo recuperar el dinero del arancel judicial para la participación de un remate que no se lleva a cabo?
Se trata de caso de postores que abonaron el importe del arancel judicial por participación de remate judicial y por cuestiones eventuales el remate no llega a efectuarse (cancelación de la obligación de deudor al acreedor, muerte de martillero, huelga judicial, suspensión del remate por el acreedor, etc).
En estos casos lo que se tiene que hacer es presentar un escrito con la información del expediente del bien que se iba a rematar a la mesa de partes del juzgado que corresponda (información del expediente la encontrarán en los avisos del remate del bien), informando que se abonó el importe del arancel judicial, consignando el monto abonado y el número del comprobante del Banco de la Nación y mencionar que por motivos ajenos a su voluntad el remate no se efectuó, y que por tanto solicita al juzgado que se sirva ordenar la devolución de dicho monto, adjuntando como anexo el comprobante de pago.
EFECTOS DE LA RESOLUCION EN LOS CONTRATOS DE EJECUCIÓN INMEDIATA, DIFERIDA, INSTANTÁNEA Y DE DURACIÓN.
EFECTOS DE LA RESOLUCION EN LOS CONTRATOS DE EJECUCIÓN INMEDIATA, DIFERIDA, INSTANTÁNEA Y DE DURACIÓN.
Por la resolución contractual, la relación jurídica patrimonial deja de producir sus efectos jurídicos desde la aparición de la causal sobreviniente que la motiva. Recordando que el contrato, como acto jurídico, se agota al momento de celebrarse dando origen a la relación jurídica patrimonial, que será la que se mantenga en el tiempo y a la cual en caso de una causal sobreviniente de resolución se le prive sus efectos jurídicos (a la relación jurídica y no al contrato).
La resolución no afecta ni al contrato ni a los efectos jurídicos generados por la relación jurídica patrimonial que surgió (como consecuencia de la celebración contractual) hasta la aparición de la causal sobreviniente, pero la resolución si afectará a todos aquellos efectos jurídicos que surjan con posterioridad a la causal sobreviniente volviendo la relación jurídica patrimonial a partir de ese punto en ineficaz.
* Contratos de ejecución inmediata: son los que tienen prestaciones que se pueden exigir desde el momento de su celebración contractual. La resolución en éste tipo de contratos deja sin efectos la relación jurídico patrimonial, pero también al contrato pues sucede que por la exigibilidad inmediata a la celebración contractual de las prestaciones, el contrato y la relación jurídica patrimonial tiene el mismo contenido.
* Contratos de ejecución diferida: La relación jurídica nace desde la celebración del contrato, pero los efectos jurídicos están postergados, hay dos casos:
a) Cuando se difiere la prestación para ambas partes (mismo efecto de los contratos de ejecución inmediata) o
b) Cuando se difiere la prestación solo para una de ellas y la otra la ejecutará si verifica la primera. En este caso si se produce un retraso para efectuar la prestación por la no ejecución de una de las partes de manera unilateral (valga la redundancia), entonces la otra parte queda liberado de efectuar la prestación que le corresponde, debiendo devolver la contraprestación si la recibió y si no puede devolverla, abonará el valor de la contraprestación al configurarse la causal sobreviniente, esto último a fin de evitar un enriquecimiento ilícito de la otra parte .
* Contratos de ejecución instantánea: las prestaciones se ejecutan simultáneamente, aunque sea en forma diferida, de esta forma la relación jurídica patrimonial permanece exactamente igual desde la celebración contractual hasta la ejecución de las prestaciones, por lo que no hay efectos jurídicos en ese lapso de tiempo, entonces simplemente se restituirán las prestaciones respectivas o su valor al producirse la causal resolutoria sobreviniente.
* Contratos de duración: Es un contrato produce obligaciones duraderas y periódicas a cargo de las partes. Pueden tratarse de prestaciones continuadas o periódicas y por tanto la resolución generará que se dejen de seguir efectuando las prestaciones correspondientes continuadas o que la obligación periódica que quedan ya no deban ejecutarse, siendo válidas las prestaciones efectuadas hasta la aparición de la causal resolutoria sobreviniente.
Finalmente recordar que la acción resolutoria debe ser declarada por sentencia judicial para que deje ineficaz el contrato, siendo el carácter de la sentencia constitutivo, pero el contrato será ineficaz desde el momento de la presentación de la demanda y no desde la expedición de la sentencia. También puede ser declarada extrajudicialmente en virtud del artículo 1372 del Código Civil.
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¿Cuál es la diferencia entre Rescisión y Anulación?
¿Qué es la Resolución Contractual?
¿Cuáles son los efectos de la rescisión?
domingo, 13 de noviembre de 2011
¿Qué es la Resolución Contractual?
Artículo 1371.- La resolución deja sin efecto un contrato válido por causal sobreviniente a su celebración.
Debemos precisar que a primera vista lo que se dejaría sin efectos es el contrato, pero el contrato es un acto jurídico que solamente existe hasta que comienza a producir efectos jurídicos, y que lo que sigue a partir de entonces es la relación jurídica patrimonial, la que regula la ejecución de prestaciones. La resolución no opera retroactivamente (artículo 1372), por tanto cuando se produce la causal sobreviniente a la celebración del contrato dejará de tener efecto la relación jurídica patrimonial surgida del contrato que le dió origen. La irretroactividad de la resolución contractual significa la no afectación del contrato ni de los efectos jurídicos producidos por la relación contractual hasta antes de producida la resolución.
En conclusión la resolución contractual es la forma de dejar sin eficacia jurídica la relación contractual por razones posteriores a la celebración del contrato, cuyo efecto principal es que se mantendrá como válido las prestaciones efectuadas hasta el momento de la presentación de la demanda.
COMENTARIOS DE FILOSOFIA DEL DERECHO Y DERECHO NATURAL de Agustín De Asís.
La filosofía tiende a la verdad pero no la posee porque la verdad pertenece a Dios, por eso se afirma que la búsqueda de la verdad es el pecado de la validez universal de la ciencia. Aquello lo prueba la imposibilidad que hay de alcanzar la completa verdad, y la imposibilidad de que se oculte por entero.
No obstante no podemos decir que no existe la verdad, solo porque aquella no es absoluta, sino que existirá una verdad relativa, que es alcanzable por los humanos a través del conocimiento.
Por lo tanto Si el amor a la sabiduría se entiende como tendencia a la sabiduría, el conocimiento que se engendra o que se pretende engendrar, en cuanto se convierte esta tendencia en actividad, será un conocimiento de lo último. En definitiva nos apercibimos de que es la filosofía cuando nos activizamos filosofando, y los resultados son objetivos y verdaderos siempre que guiados por dicho amor a la sabiduría, tengamos en cuenta las limitaciones indicadas. De aquí que el ultimo saber del Derecho sea un saber filosófico.
La filosofía del derecho natural encuentra su fundamento en que la justicia era concebida como que viniera de la naturaleza porque su origen estaba ahí, por ello aquellos filósofos griegos plantearon la esencia primigenia en la tierra, fuego, aire, agua, desligándose de la cosmovisión mitológica.
Pero aquella concepción era insuficiente por que se llego a la elaboración de teorías más elaboradas de la justicia, al concebirla como la ley natural es concordante con el orden natural mas la racionalidad y así el derecho natural se libro de la cosmovisión y se vio inmersa en la racionalidad.
Comenzó a entenderse lo jurídico no conforme al orden del ser sino conforme a un orden de la razón porque aquella ya no estaba vinculada a la naturaleza sino a la lógica subjetiva racional, y la razón se entendía como lógica.
REFLEXIONES SOBRE DIGNIDAD Y JUSTICIA
DIGNIDAD Y JUSTICIA
· ¿Por qué es compatible la injusticia con el desorden social?
La injusticia es compatible con el desorden social porque el desorden social es consecuencia de un estado de injusticia, cuando no se está dando a cada quien lo que le corresponde la sociedad al no ver satisfecha sus necesidades entra en una situación de anarquía para la satisfacción de sus intereses a través de a la autotutela que origina el desorden social.
· Una sentencia judicial ¿es necesariamente justa?
No, la sentencia judicial es una expresión humana por tanto está sujeta a error y susceptible de ser injusta, la sentencia judicial aspira a la justicia pero como no siempre se tienen los medios necesarios que revelen la verdad de los hechos , es frecuente que la sentencia no llegue a reflejar una justicia absoluta, por otro lado la sentencia judicial también es producto de la voluntad del juzgador y puede ser que éste la emite de acuerdo a sus propios intereses.
·
¿cómo aprecia nuestra sociedad la vida de sus miembros?
La aprecia con indiferencia porque se acostumbraron a un estado de injusticia común y permanente y por tanto no aspiran a romper aquella cadena de hechos injustos que heredamos de las generaciones anteriores.
· En el Perú existe tantas divisiones entre las personas. ¿Hasta qué punto esta división favorece o desfavorece los movimientos de solidaridad?
La división de las personas es desfavorable en el Perú porque al no sentirse representados por los otros grupos no se ayudan mutuamente, marcando con mas distancia aquella diferencia. La solidaridad sin embargo se manifiesta porque a pesar de los impedimentos sociales que no permiten lograr resultados óptimos los idealistas siguen intentando con esfuerzos loables ayuda a los que lo necesitan.
· ¿pueden existir leyes injustas? ¿Hay diferencias entre lo legal y lo justo?
Si pueden existir leyes injustas, porque las leyes son promulgadas por grupos de poder que protegen sus propios intereses, y no siempre tutelan el bienestar general en razón de fines justos. Y si hay diferencia entre lo legal y lo justo, porque lo legal es referido a la ley y la ley implica referencia a un sistema normativo, por otra parte lo justo es una categoría valorativa es decir que se encuentra en el plano axiológico por lo que hablar de legal significa referirse a un sistema objetivo y lo justo se refiere al respaldo axiológico de aquel sistema.
¿Cómo realizar una consulta de un expediente judicial en internet?
Para consultas de expedientes en Perú
Primero ingresamos a http://cej.pj.gob.pe/cej/ y hacemos click en "ingresar a la consulta"
luego ingresamos y llenamos el formulario con los datos de distrito judicial (el distrito donde se ventila el proceso), el tipo de órgano jurisdiccional (si se trata de juzgado de paz letrado , mixto, especializado o sala sala superior), la especialidad (civil, comercial, administrativo, etc), la sede, el año y número del expediente y finalmente el código que se muestra en la imagen para acceder al Reporte de Expedientes.
luego entramos en una ventana que nos informa los datos de los involucrados del procesos y le damos en la opción "Ver"
Entramos por fin a Reporte de Expediente,donde encontraremos todas las resoluciones que se han dado en el proceso , asi como los escritos que se han presentado.
Un dato importante es que podemos descargar y ver el contenido de las resoluciones que se publican en el Reporte de Expediente, eso facilita poder elaborar una mejor defensa con esa opción de visualización.Para ello nos dirigimos a la resolución que queremos ver y hacemos click en el botón "Ver Resolución"
Luego nos saldra una ventana con dos opciones "abrir con" (nos permite ver el archivo sin guardarlo en la computadora y por tanto no genera memoria en nuestra computadora) o "guardar archivo" (nos permite guardarlo en la memoria de la computadora y poder cotejarlo siempre que queramos sin importar si hay internet o no).
y luego abrimos el archivo y ya podremos ver la resolución que hemos elegido.
Una nota especial: El 20% de las veces el sistema tiene problemas para acceder, últimamente sale muy seguido el mensaje de "error por problemas en cargar la base de datos", intenten un par de veces más cerrando todas las ventanas y volviendo entrar pero desde www.pj.gob.pe , que es la página del Poder Judicial (Si es muy urgente y desean ver el reporte del expediente y no pueden ingresar la única salida que tienen es acercarse al juzgado y pedir un reporte del expediente pagando aproximadamente 1 Nuevo Sol por cada hoja del reporte):
Primero ingresamos a http://cej.pj.gob.pe/cej/ y hacemos click en "ingresar a la consulta"
luego ingresamos y llenamos el formulario con los datos de distrito judicial (el distrito donde se ventila el proceso), el tipo de órgano jurisdiccional (si se trata de juzgado de paz letrado , mixto, especializado o sala sala superior), la especialidad (civil, comercial, administrativo, etc), la sede, el año y número del expediente y finalmente el código que se muestra en la imagen para acceder al Reporte de Expedientes.
Entramos por fin a Reporte de Expediente,donde encontraremos todas las resoluciones que se han dado en el proceso , asi como los escritos que se han presentado.
Un dato importante es que podemos descargar y ver el contenido de las resoluciones que se publican en el Reporte de Expediente, eso facilita poder elaborar una mejor defensa con esa opción de visualización.Para ello nos dirigimos a la resolución que queremos ver y hacemos click en el botón "Ver Resolución"
y luego abrimos el archivo y ya podremos ver la resolución que hemos elegido.
Una nota especial: El 20% de las veces el sistema tiene problemas para acceder, últimamente sale muy seguido el mensaje de "error por problemas en cargar la base de datos", intenten un par de veces más cerrando todas las ventanas y volviendo entrar pero desde www.pj.gob.pe , que es la página del Poder Judicial (Si es muy urgente y desean ver el reporte del expediente y no pueden ingresar la única salida que tienen es acercarse al juzgado y pedir un reporte del expediente pagando aproximadamente 1 Nuevo Sol por cada hoja del reporte):
sábado, 12 de noviembre de 2011
¿Cuáles son los efectos de la rescisión?
Tomando en consideración que la rescisión deja sin efecto un contrato por causales existentes en el momento de su celebración, la rescisión, a diferencia de la resolución, afecta al contrato mismo, privándolo de sus efectos[1]
La rescisión tiene como efecto principal dejar válido el contrato pero impedirle desplegar sus efectos jurídicos porque sus efectos producen un resultado contrario al derecho.
Otro efecto paralelo al anterior es que la rescisión retrotrae las cosas al estado que tenían al celebrarse el acto, debiendo restituirse las prestaciones que se hayan efectuado, y de no poderse restituir, deberán reembolsar el valor que tenían cuando se celebró el acto.
Debe recordarse que la acción rescisoria es constitutiva de derechos, es decir, que hasta que se declare judicialmente la rescisión el acto seguirá generando sus efectos jurídicos.
[1] DE LA PUENTE Y LAVALLE Manuel, El Contrato en General, Palestra Editores, Tomo I pág 448.
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