viernes, 12 de junio de 2020

LIBRO Los organismos modificados genéticamente (OMG) y su regulación - Mauricio Paredes [DESCARGAR PDF]

LIBRO Los organismos modificados genéticamente (OMG) y su regulación 
Mauricio Paredes

EXTRACTO DEL LIBRO: 
[DEFINICIÓN

Los organismos modificados genéticamente (OMG), también denominados OGM (organismos genéticamente modificados), OVM (organismos vivos modificados), GM (genetic modified), o simplemente “transgénicos”, son los organismos vivos (microorganismos), plantas o animales, cuyo material genético ha sido alterado con el propósito de acentuar, atenuar o eliminar algunas de sus características o incorporar una nueva.

La Directiva 90/220/CEE, del 23 de abril de 1990, sobre la “liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente”, los define como “aquellos organismos cuyo material genético ha sido modificado de una manera que no acaece en el apareamiento y/o la recombinación naturales”, especificando como técnicas de modificación genética, entre otras, las siguientes: a) técnicas de ADN recombinante que utilizan sistema de vectores apropiados; b) técnicas que suponen la incorporación directa en un organismo de material genético preparado fuera del organismo, incluidas la microinyección y la microencapsulación, y c) técnicas de hibridación o fusión celular, incluyendo la fusión de protoplastos. Se excluyen, en cambio, en forma explícita, otras técnicas, como son la fecundación in vitro, la conjugación, transducción y transformación y la inducción de poliploides. La Directiva 2001/18/CE vigente mantiene el mismo tenor.

Por otro lado, el Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, celebrado en Montreal el 29 de enero del 2000, define los OVM como cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético, que se haya obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna.

Los OMG pueden llevarse a cabo mediante dos procedimientos: la terapia génica somática y la ingeniería de la línea germinal. La primera intenta alterar el ADN del interior de un gran número de células objetivo, por lo común introduciendo el nuevo material genético modificado por medio de un virus o vector. En el presente caso estamos frente a un organismo ya desarrollado o formado en sí, en el que se trata de modificar un gran número de sus células para darle el cambio deseado.]


LIBRO DERECHO PORTUARIO - José Antonio Pejovés Macedo [DESCARGAR PDF]

DERECHO PORTUARIO 
 José Antonio Pejovés Macedo

EXTRACTO:
[Estas consideraciones sobre el derecho portuario peruano son un conjunto de reflexiones cuyo rasgo común es su confluencia en el ordenamiento portuario peruano y en normas que, si bien es cierto, no califican dentro de ese ordenamiento, tienen una aplicación relevante en el desarrollo y explotación de infraestructuras portuarias y en la provisión de servicios portuarios.

El objetivo de este ensayo es contribuir a la difusión de un bloque normativo que, dada su especialidad, no es muy conocido ni por los operadores jurídicos ni por los estudiantes de derecho, lo cual se evidencia en el reducido espacio que los estudios de derecho portuario tienen en el país.

Las reflexiones que alcanzamos son fruto de nuestra experiencia profesional en los sectores público y privado, y las opiniones aquí vertidas son exclusivamente personales y no comprometen ni a la Autoridad Portuaria Nacional ni a ninguna entidad privada o pública con la que tengamos alguna vinculación profesional o académica.

2. Un acercamiento a la definición de derecho portuario 
El derecho puede entenderse como un potente catalizador que permite que las relaciones humanas de toda índole —incluidas las mercantiles— se desarrollen en forma ordenada y pacífica, y puede concebirse, además, como un medio que permite a los seres humanos ser libres.
Este acercamiento no pretende ingresar al frondoso y complejo mundo de la filosofía —en concreto, de la denominada iusfilosofía— para intentar escudriñar en la ubicación de la disciplina jurídica dentro del ámbito de las humanidades. Sin embargo, los alcances de la cuestión que se aborda: un acercamiento a la definición de derecho portuario, obligan a efectuar algunas anotaciones puntuales vinculadas con el contenido o la sustancia de esa parte del derecho que trata sobre las actividades y los servicios
portuarios.

En la década del cincuenta del siglo pasado se produjo un descubrimiento arqueológico muy importante: los restos de la antigua ciudad de Lothal, en el estado de Gujarat, India. Según los entendidos, en Lothal se encontró evidencia de lo que sería el primer muelle portuario —dock— del
que se tiene conocimiento y que data de 2400 a. de C., aproximadamente.

Desde aquellos tiempos inmemoriales se empezaron a gestar, seguramente, ciertas reglas rudimentarias para ordenar el arribo y zarpe de barcazas, normas que con alguna similitud también fueron adoptadas en puertos como el de Alejandría en Egipto, Pireo en Atenas y Ostia en Roma.]


LIBRO PENOLOGÍA-LUIS RODRIGUEZ MANZANERA [DESCARGAR PDF]

LIBRO PENOLOGÍA-LUIS RODRIGUEZ MANZANERA 


EXTRACTO: 
PENOLOGÍA- CONCEPTO:
[En nuestra opinión, Penología es el estudio de la reacción y el control social que se produce contra personas o conductas que son captadas por la colectividad (o por una parte de ella) como dañinas, peligrosas o antisociales. 
En esta forma, la Penología se plantea como explicación de la reacción social, y su objeto de estudio se Amplía notablemente, rompiendo los tradicionales límites jurídicos que, debidamente, se le habían impuesto. 
Debemos adelantar que existen múltiples formas de reacción social, y que sólo algunas de ellas revisten forma jurídica. 

El estudio de la reacción social como fenómeno biopsicosocial es el meollo de la Penología, y cuando estudia la reacción social jurídicamente organizada (y su forma más grave, la reacción penal), no lo hace desde el punto de vista jurídico, sino desde el enfoque fáctico.
Tiene razón Pérez Pinzón cuando afirma que: “esta ciencia es de tipo eminentemente naturalístico, pues se dedica a recoger datos, analizarlos, evaluar sus resultados de hecho y realizar hasta donde fuere posible experimentos”].


LIBRO PERITAJES SCOPOMETRICOS - SILVEYRA JORGE ORMAR [DESCARGAR PDF]

LIBRO PERITAJES SCOPOMETRICOS [DESCARGAR PDF]
SILVEYRA JORGE ORMAR


En esta obra se pretende hacer luz sobre los conocimientos vinculados con la scopometría aclarando conceptos propios de una de las técnicas de análisis y comparación desarrolladas en nuestro país y que por lo raro y complicado de su denominación es para la mayoría de las personas una disciplina casi desconocida e indescifrable.

Como todos sabemos la criminalística se nutre del conocimiento de varias ciencias, artes y técnicas, tomando de ellas elementos aplicables a la investigación criminal. Dentro del campo científico es básicamente el producto de tres ciencias naturales, la Química, la Biología y la Física, aplicando permanentemente en forma alternada o conjunta procedimientos identificativos y comparativos propios de las nombradas sobre las evidencias producto de un delito.

A modo de ejemplo y como lo detalla el criminalista mejicano Juventino Montiel Sosa (1), los diversos tipos de peritajes criminalísticos utilizan: 
De la Biología: la Antropología Forense, la Medicina Legal, la Citología, la Hematología Forense, la Histología, la genética, etcétera.
De la Química: todas las ramas de Química analítica, Bioquímica, Química Orgánica e Inorgánica, Microquímica, etcétera.
De la Física: casi todas sus ramas, por ejemplo de la óptica utiliza la espectroscopia, la fotografía y la microscopia; por otra parte se utiliza la mecánica, la electricidad, los rayos X, la luz ultravioleta, la luz infrarroja, el análisis de activación de neutrones, la espectrofotometría de absorción atómica, el uso de otros instrumentos forenses de laboratorio, etcétera.

Ahora bien, los peritajes relativos al campo de la Biología y Medicina Legal tienen y tuvieron históricamente un encuadre bien definido, siendo su principal punto de estudio los cadáveres y los restos humanos. 

También pasa y pasó lo mismo con los peritajes relativos al campo de la Química Legal, que se emplean para identificar sustancias, con la particularidad de ser en general destructivos o de transformación del objeto de análisis.

En cambio los peritajes relativos al campo de la Física en los inicios de la criminalística no tenían un carácter tan definido y era difícil encuadrar en un solo concepto su denominación, debido a la diversidad de su campo de análisis. Es así, que nacen los peritajes “Scopométricos”, que no son ni más
ni menos que los estudios físicos de las cosas en general o bien de las evidencias físicas en general, basados en técnicas de medición y comparación, metodologías que no alteran la materia o el objeto de
peritación.

El peritaje scopométrico sobre las evidencias físicas de un delito es una realización científica, técnica y muchas veces de recursos artísticos que permite determinar en forma categórica autenticidad, falsedad u origen de cosas en general, objetos de arte, documentos, grafismos, productos comerciales, etcétera.
Se aplican con una verdadera metodología de análisis propia, que fue creada y desarrollada en nuestro país y que posee leyes bien definidas que ayudan a la interpretación de los resultados de las comparaciones. 

El basamento científico de los peritajes scopométricos es muy antiguo y nace como consecuencia del desarrollo de la ciencia criminalística en todo el mundo, tiene como sustento los conocimientos de la física, la óptica microscópica, la planimetría, la fotografía y el dibujo, aplicadas no sólo a los peritajes sobre manuscritos y documentos en general, sino a todos los peritajes sobre identificación de todo tipo de objetos aplicando métodos no destructivos, estos procedimientos son los se detallan en el desarrollo de este libro.

Básicamente sus métodos consisten en una observación minuciosa y meticulosa de los elementos sometidos a examen, realizando mediciones precisas para luego compararlos con ejemplares originales o auténticos aplicando una técnica desarrollada sobre la base de los métodos tradicionales de investigación, como lo son la inducción y la deducción, la aplicación de análisis extrínsecos (generales) e intrínsecos (particulares) sucesivos y comparativos. Además se aplican conocimientos de lógica investigativa para resolver problemas periciales, con el complemento de ejecución de experiencias y la correspondiente demostración ilustrativa, condición fundamental de sus conclusiones.

En esta obra se desarrollan los principios en que se basa la disciplina scopométrica, sus leyes y métodos. La mayoría de los estudios scopométricos son peritajes documentológicos aunque los mismos
comprenden también un rubro denominado “varios” pudiéndose consultar un listado resumido de los mismos en el desarrollo del capítulo I.

En el desarrollo de la obra se pone énfasis en enunciar los parámetros más importantes a tener en cuenta para cada estudio, especialmente en lo referente a la cantidad y calidad que deben reunir los elementos de cotejo con el objetivo de que aquellos lectores que no son profesionales en la materia, pero deban solicitar peritajes scopométricos, tengan una idea  acabada de las necesidades mínimas que se requieren para poder efectuar un estudio de este tipo en forma completa y eficiente.

Para los peritos y expertos vinculados con estos análisis, sean Licenciados en Criminalística, Calígrafos Públicos Nacionales, Peritos en Documentología, Documentologos, etcétera, la obra seguramente resultará de interés ya que viene a llenar un vacío existente en estas disciplinas que resultan ser una variante metodológica a otros sistemas o técnicas. 

Se reúnen trabajos de investigación pericial publicados en notas de revistas y textos de variada naturaleza y procedencia que a veces resultan difíciles de conseguir por tener ediciones limitadas, ser muy antiguos o de origen extranjero, además incluye material inédito resultado de investigaciones propias del autor que no se hallaban publicadas hasta la fecha.

Cabe hacer mención finalmente que se pretende también con el presente trabajo terminar con una antigua controversia surgida entre los expertos vinculados a la identificación de la escritura manuscrita en nuestro país.

La referencia esta dirigida a los Calígrafos Públicos Nacionales, Peritos en Documentología y Licenciados en Criminalística, quienes durante años han discutido sobre la idoneidad de sus métodos o la capacidad y alcance de la scopometría en estos menesteres.

El autor debe aclarar a esta altura de los acontecimientos que siendo poseedor de los Títulos Universitarios mencionados y un estudioso de la historia de la identificación humana, no existen diferencias sustanciales en los métodos de estudio que justifiquen mantener las viejas discusiones, ya
que tanto la técnica caligráfica tradicional o la aplicación del sistema scopométrico para la identificación de manuscritos o firmas tienen la misma base científica, cuyo origen se basa en las leyes de la escritura que son universalmente aceptadas. Solamente hay diferencias en cuestiones formales, en cuanto al modo de estructurar el informe escrito final, lo cual no invalida ni coloca a alguno de los dos métodos por encima o por debajo del otro, pudiéndose arribar a las mismas conclusiones por caminos
diferentes, es más actualmente existe la carrera universitaria de Calígrafo Público Nacional que tiene como base de su plan de estudio documentológico al sistema scopométrico.


LIBRO LOS RETOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO UN ESTUDIO SOBRE LAS RESPUESTAS LEGALES DEL PERÚ-JOSÉ FÉLIX PINTO-BAZURCO [DESCARGAR PDF]

LIBRO LOS RETOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO 
UN ESTUDIO SOBRE LAS RESPUESTAS LEGALES DEL PERÚ

JOSÉ FÉLIX PINTO-BAZURCO

En este libro se buscará medir la capacidad institucional y regulatoria de un país para limitar sus gases de efecto invernadero y se adapte a las consecuencias del cambio climático, a través de un estudio de los instrumentos legales con los que cuenta el Estado, analizando si estos instrumentos son realmente útiles para cumplir sus metas propuestas.

Como el estudio del catálogo normativo de un país es una tarea bastante compleja, he elegido al Perú como caso de estudio, país del cual conozco sus instituciones y su relación con el cambio climático. 

Considero también que es un Estado que representa bastante bien a aquellos que están en vías de desarrollo y sobre el cual pesa de manera particular la influencia de los tratados internacionales que suscribe, pues su política exterior suele estar muy alineada con las metas y objetivos climáticos propuestos y acordados por la comunidad internacional.

Además, se presenta una breve evaluación comparativa con algunos países de América Latina, a fin de contar con una referencia sobre la actividad de los Estados que tienen con niveles de desarrollo y economías diferentes.

La primera parte de esta obra consiste en una aproximación introductoria a varios temas relacionados con la ciencia del cambio climático, al derecho del cambio climático y a la política internacional del cambio climático. La segunda parte presenta en detalle los resultados de mi investigación, es decir, la situación política, las metas climáticas, los arreglos institucionales, así como un análisis de la legislación relacionada con el cambio climático en el Perú. La tercera parte evalúa, de manera general, la situación en algunos países de América Latina.

Concluye con una serie de observaciones y recomendaciones.

El objetivo central de este libro es sustentar la idea de que para implementar acciones efectivas de protección del cambio climático es necesario contar con una estructura legislativa e institucional adecuada que permita tratar el problema del cambio climático en el largo plazo, y de acuerdo con los intereses de cada país. Espero, pues, que este trabajo sirva como herramienta para lograr una implementación climática más efectiva.


LIBRO El principio de no regresión ambiental en el derecho comparado latinoamericano - Mario Peña Chacon [DESCARGAR PDF]

El principio de no regresión o de prohibición de retroceso ambiental dispone que las leyes nacionales no deberían ser revisadas si esto implicara retroceder respecto a los niveles de protección ambiental
alcanzados con anterioridad en un determinado país.

Este principio busca perpetuar el nivel de protección ambiental ya alcanzado en los países de la región y por esta razón, favorece los esfuerzos que ha venido haciendo el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo relativos a conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de servicios eco-sistémicos que brindan los recursos naturales en América Latina y el Caribe.

La principal obligación que conlleva su correcta aplicación es la de no retroceder y no afectar los umbrales y estándares de protección ambiental ya adquiridos. En momentos de recesión económica es especialmente importante que los tomadores de decisiones eviten flexibilizar la normativa ambiental vigente en aras de crecimiento económica.

En otra reciente publicación del Centro Regional del PNUD titulada América Latina y el Caribe una Superpotencia de Biodiversidad, argumentamos como la protección del medio ambiente contribuye al desarrollo y al crecimiento económico. Específicamente analizamos los sectores primarios de las economías de la región centrados en la biodiversidad: agricultura, pesca, bosques, servicios hidrológicos, áreas protegidas y turismo. Para cada uno de estos sectores expusimos sugerencias para incorporar el valor económico de los bienes y servicios proporcionados por los ecosistemas en la toma de decisiones de cada sector económico concreto.

Los autores de este libro nos explican como la reducción territorial o el cambio de una categoría de manejo de un Área Silvestre Protegida, o la introducción de mínimos de tolerancia más elevados para estándares ambientales sin sustento técnico-científico constituyen claros ejemplos de violaciones al principio de no regresión que deben evitar las sociedades de la región.

Con esta publicación el equipo de medio ambiente del Centro Regional de América Latina y el Caribe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo busca contribuir al debate regional para preservar la vida en el planeta.


Libro El derecho como obstáculo al cambio social - Eduardo Novoa Monreal [DESCARGAR PDF]

"El derecho como obstáculo al cambio social", Eduardo Novoa Monreal. 

En una plática reciente sobre la teoría jurídica crítica en América Latina, se mencionó la manera en que las tradiciones europea y latinoamericana se diferenciaban de diversas maneras. Una de ellas, mencionadas por el compañero Tapia, hacía referencia al carácter "colonial" de las instituciones jurídicas, que permitían, en las metrópolis, la creación y realización de sistemas jurídicos que funcionaran bajo condiciones "ideales", que después son imposibles de replicar en las colonias (ya sean estas formales o materiales). 

De esta forma, nuestros países, se indicó, han desarrollado una teoría crítica desde múltiples frentes, vinculados en muchas ocasiones, con la manera de entender el derecho desde diferentes praxis, siendo la academia sólo una de ellas (y no la central). 

El texto que presentamos en este momento, es sin duda alguna un clásico de este esfuerzo. Escrito por el asesor jurídico del Presidente chileno Salvador Allende, habla de los múltiples problemas que se derivan del carácter conservador del derecho. Se trata no de una calificación moral, o mejor dicho, exclusivamente moral. El derecho es conservador en cuanto pretende que los problemas y contradicciones del sistema se resuelvan bajo las reglas de ese mismo sistema con el fin último de conservarlo, pero también, en la forma en que puede potencialmente ser utilizado por aquellos que se oponen a que las cosas cambien y mejoren para todas y todos, con el fin de mantener sus privilegios. 

El profesor Novoa Monreal sabía, en este sentido, de qué hablaba. Su trabajo, incansable, articuló jurídicamente la nacionalización del cobre en Chile, uno de los desencadenantes de que los poderes coloniales se opusieran de manera férrea al gobierno democrático de Allende y alentaran o apoyaran abiertamente, el golpe militar de Augusto Pinochet en 1973, que llevó a un régimen militar sangriento que instauró el neoliberalismo en este país, usándolo como laboratorio de prácticas que aún ahora se realizan, si bien se califican como "terribles" de manera hipócrita. 

Durante muchos años, Novoa Monreal estuvo en Venezuela y Argentina. Cuando regresó a Chile, le mantuvieron alejado de las aulas. Reconocido en América Latina y el mundo, no pudo volver a dar clases de derecho en su propio país. 

En estos momentos de tensión, se trata de un texto indispensable, que consideramos, resulta importante para la formación de abogadas y abogados en América Latina. 

jueves, 11 de junio de 2020

LIBRO PRINCIPIOS METAFISICOS DEL DERECHO- INMANUEL KANT [DESCARGAR PDF]

LIBRO PRINCIPIOS METAFISICOS DEL DERECHO- INMANUEL KANT


Immanuel Kant (Königsberg, Prusia, 1724-1804), filósofo ilustrado representante de la Ilustració prusiana, es el primero y más importante filósofo del criticismo y precursor del idealismo alemán. Está considerado como uno de los pensadores más influyentes de la Europa moderna y de la filosofía universal.

La Ciencia del Derecho, como primera parte de la Ciencia de las costumbres, y de la cual quisiéramos dar aquí un sistema racional, es lo que puede llamarse la Metafísica del Derecho.


LIBRO SOBRE EL PARLAMENTARISMO- CARL SCHMITT [DESCARGAR PDF]

LIBRO SOBRE EL PARLAMENTARISMO- CARL  SCHMITT

Sobre el parlamentarismo reúne diversos escritos de Cari Schmin, hasta ahora no traducidos al castellano, publicados todos ellos durante el período comprendido entre las dos guerras europeas. En ellos analiza con agudeza singular los factores que. a su juicio, llevaron ai fracaso a .3. República de Weimar y, en general, al Estado liberal ce Derecho, sobre el que se había asentado la democracia burguesa desde el siglo pasado. El principal de ios trabajos que componen este volumen, titulado Situación históncointelectual del parlamentarismo de hoy, fue publicado originalmente en 1923, constituyendo, desde entonces, un punto de referencia obligado, por su originalidad y capacidad de sugerencia, para analizar la separación de poderes en el Estado moderno y ios conceptos de representación, legitimidad y decisión política. Al mostrar la falta de adecuación entre la teoría liberal y la realidad política, Schmitt no sólo denuncia una contradicción que desea eliminar, sino que ataca los fundamentos mismos de un modelo de Estado cuya destrucción había ce significar la instauración de la dictadura. Pero, con independencia de sus posiciones ideológicas y de la utilización interesada de su pensamiento, el análisis schmittiano continúa manteniendo e: vigor, la capacidad de mostrar razonamientos lógicos y, en suma, la capacidad crítica que sólo poseen los teóricos originales y :as ideas valiosas. 

miércoles, 10 de junio de 2020

PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL SEGUNDO PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL - SUNARP [DESCARGAR PDF]

PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA RATIFICADOS POR EL SEGUNDO PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL DE LA SUNARP REALIZADO LOS DÍAS 29 Y 30 DE NOVIEMBRE DE 2002 


PLENO II DEL TRIBUNAL REGISTRAL 

1.- Tratándose de la calificación de junta general de accionistas de las sociedades anónimas, no se debe exigir la presentación del libro matrícula de acciones para verificar el quórum de la junta, sino que para ello se debe comparar el número de acciones en que está dividido el capital social inscrito con el número de acciones concurrentes a la junta. Criterio adoptado en la Resolución Nº 137-2002-ORLC/ TR del 8 de marzo de 2002, publicada el 13 de abril de 2002. 


2.- La convocatoria a asamblea general de las asociaciones debe señalar las materias a tratar, no siendo válido adoptar acuerdos respecto a materias no consignadas en las convocatoria, o que no se deriven directamente de ellas. Criterio adoptado en la Resolución Nº 143-2002-ORLC/ TR del 20 de marzo de 2002, publicada el 5 de abril de 2002.

 3.- Con la finalidad de enervar la presunción de bien social contenida en el inciso 1) del Art. 311º del Código Civil e inscribir un bien inmueble con la calidad de bien propio, no es suficiente la declaración efectuada por el otro cónyuge contenida en la escritura pública de compraventa. Criterio adoptado en la Resolución Nº 003-2002-ORLC/ TR del 4 de enero de 2002, publicada el 30 de enero de 2002. 

4.- Las escrituras imperfectas otorgadas con los requisitos de ley por los jueces de paz o paz letrado, constituyen documentos públicos por haber sido otorgadas por funcionarios públicos en ejercicio de sus atribuciones. Criterio adoptado en la Resolución Nº 056-2002-ORLL/ TRN del 2 de mayo de 2002, publicada el 4 de julio de 2002. 

5.- No constituye acto inscribible la extinción del mandato del órgano directivo de una persona jurídica, en virtud a solicitud sustentada en el vencimiento del período por el que fue elegido. Criterio adoptado en la Resolución Nº 031-2002-ORLC/ TR del 22 de enero de 2002, publicada el 7 de febrero de 2002. 

6.- El nombre no constituye sino una de las vertientes de la identidad personal, la que se refiere a los signos distintivos que permiten individualizar a la persona y que se complementa con otros elementos, siendo que la evaluación de las discrepancias en el nombre debe fundamentarse en una apreciación conjunta de los elementos obrantes en el registro y los instrumentos públicos aportados por los solicitantes, que a través de distintos factores de conexión permitan colegir en forma indubitable que se trata de la misma persona. Criterio adoptado en la Resolución Nº 019-2002-ORLC/ TR del 17 de enero de 2002, publicada el 3 de febrero de 2002. 

7.- Para la inscripción de la anotación preventiva de sucesión intestada tramitada notarialmente, sólo se exigirá la solicitud del Notario acompañada de una copia legalizada de la solicitud presentada ante él pidiendo la sucesión intestada. Para la inscripción definitiva sólo se exigirá la presentación del parte notarial conteniendo el acta de protocolización. Criterio adoptado en la Resolución Nº 158-2001-ORLL/ TR del 23 de noviembre de 2001, publicada el 24 de enero de 2002 y ratificado sólo en el extremo enunciado. 

8.- La transferencia de dominio por sucesión constituye un acto invalorado, pues la sucesión opera por imperio de la ley, no pudiendo exigirse la valorización como requisito para la determinación de los derechos registrales. Criterio adoptado en la Resolución Nº 143-2001-ORLL/ TR del 23 de octubre de 2001, publicada el 24 de enero de 2002. 

9.- El solo hecho de que la junta universal de socios por unanimidad apruebe la libre transferencia de las participaciones sociales de una sociedad a favor de terceros, implica una renuncia de los demás socios así como de la sociedad misma a ejercer el derecho de adquisición preferente establecido en el artículo 291º de la Ley General de Sociedades, siendo suficiente para proceder a la inscripción de la transferencia, que se adjunte o se inserte en la escritura pública copia certificada del acta de la junta general donde conste el acuerdo respectivo, no siendo en estos casos exigibles los requisitos señalados en el segundo y tercer párrafo del artículo 97º del Reglamento del Registro de Sociedades. Tratándose de una transferencia de participaciones sociales por compraventa, al no haberse pagado aún la totalidad del precio, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 1065º del Código Civil, en el sentido de que existe prenda legal con arreglo a lo establecido en el inciso 1) del artículo 1118º del Código Civil, toda vez que se trata de venta de bienes muebles inscritos, pues conforme a lo señalado en el inciso 8) del artículo 886º del Código Civil, las participaciones de los socios en sociedades tienen el carácter de bienes muebles; en consecuencia, deberá procederse a la inscripción de oficio de la prenda legal. Criterio adoptado en la Resolución Nº 032-2002-ORLL/ TR del 1 de marzo de 2002, publicada el 8 de marzo de 2002. 

10.- Cuando la inscripción de un acuerdo de asamblea general tuvo lugar como consecuencia de un mandato judicial y éste es posteriormente declarado nulo, dicha nulidad alcanza al asiento extendido en virtud del mismo sin requerirse que se declare la nulidad del acuerdo de la asamblea general por derivar la inscripción directamente del mandato judicial. Criterio adoptado en la Resolución Nº 004-2002-ORLC/ TR del 4 de enero de 2002, publicada el 30 de enero de 2002. 

11.- Resulta procedente inscribir la transferencia de un inmueble afectado con medidas cautelares de embargos, aun cuando en el contrato de compraventa no se haya hecho referencia a todos los gravámenes que contiene la partida registral respectiva, pues de conformidad con lo prescrito en el artículo 2012º del Código Civil se presume, sin admitirse prueba en contrario, que toda persona tiene conocimiento de las inscripciones.