jueves, 23 de julio de 2020

QUE SIGNIFICA "ABONO DE TIEMPO O DE AÑOS DE SERVICIO"

*ABONO DE TIEMPO (o DE AÑOS) DE SERVICIO. Lapso de actividad que se considera
cumplido, tanto a los civiles como a los militares, a los efectos de retiros, jubilaciones,
antigüedad, ascensos y otros aspectos profesionales o administrativos. Puede ser,
efectiva, cuando las tareas se han prestado realmente día por día, en uno o más cargos o
destinos; o reconocida, por estudios, gracia, premio u otro motivo. Estos y aquéllos forman
el total de los computables. (V. Jubilación, Retiro.)

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición. 

QUE SIGNIFICA JURIDICAMENTE "ABONAR"

*ABONAR. Salir por fiador de alguno. I Asentu en el libro de cuenta y razón cualquiera
partida recibida, y también admitir en cuenta. Satisfacer, pagar. Dar una cosa por cierta y
firme. Inscribir a alguien para que, mediante el pago de una cantidad única o varias
periódicas, pueda asistir a diversos espect culos en un mismo local, recibir una publicación
con periodicidad o disfrutar de otros servicios con regularidad determinada.

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición. 

QUE SIGNIFICA JURIDICAMENTE "ABONADO"

*ABONADO. Se designa así a quien, según Derecho, es de fiar por su caudal o crédito. El
ser abonado constituye una de las cualidades que debe tener quien salga fiador por otro,
resulte elegido depositario o para otra función basada en su solvencia o confianza.
También se aplica la palabra abonado a la persona que por su buena reputación merece
ser creída judicial y extrajudicialmente. Asimismo, abonados se denominan los que tienen
abono para un espect culo y los clientes de una empresa. (v. Testigo abonado.)

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición. 

QUE SIGNIFICA "ABOLICIONISMO"

*ABOLICIONISMO. Doctrina de los que propugnaban la supresión de la esclavitud.
Movimiento iniciado contra ella en los Estados Unidos. El término se aplica actualmente
para designar la tendencia y la opinión contra la pena de muerte y contra las
reglamentaciones de la prostitución como estado legal.

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición. 

QUE SIGNIFICA JURIDICAMENTE "ABOLICION"

*ABOLIClON. La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa,
especialmente de una ley, uso costumbre. Se dice, por ejemplo, que tal ley queda abolida
cuando se promulga otra que la destruye o revoca expresa o tácitamente, y cuando existe
una costumbre legítima que le es contraria. Cuando se trata de derogar leyes y
disposiciones emanadas de los poderes públicos, se utiliza más comúnmente abrogar.
Abolición se acostumbra a emplear para la derogación de ciertas instituciones o medidas
de carácter general, como la esclavitud y la pena de muerte. (v. Abrogación, Costumbre,
Derogación, Extinción.)

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición. 

LIBRO CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES- MARIO I. ALVAREZ LEDEZMA [DESCARGAR PDF]


LIBRO CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES
MARIO I. ALVAREZ LEDEZMA 
EDICIÓN 2008 (MEXICO)

LIBRO DERECHOS REALES Análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema - GACETA JURIDICA [DESCARGAR PDF]

DERECHOS REALES Análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema
GACETA JURÍDICA 
EDICIÓN 2017 (PERÚ)

miércoles, 22 de julio de 2020

LIBRO ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL- LIZARDO TABOADA CORDOVA [DESCARGAR PDF]

LIBRO ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
 LIZARDO TABOADA CÓRDOVA
EDICIÓN SEGUNDA (PERU)


QUE SIGNIFICA "ABOGADISMO"

*ABOGADISMO. Esta voz viene a constituir antítesis, y en cierto modo venganza, del vocablo militarismo (v.). Se emplea para calificar la que se juzga “intervención excesiva” de los abogados en los asuntos públicos; en la política y en el gobierno, sobre todo.

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición. 

QUE SIGNIFICA "ABJURACION"

*ABJURACIÓN. Retractación solemne y con juramento del error en que se ha incurrido. La abjuración, en Derecho Canónico, es el juramento por el cual un hereje renuncia a sus errores y hace profesión de fe católica. Desaparecida la Inquisición, que distinguía tres clases de abjuraciones, no queda más que la expresada. (v. Renuncia.) 

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres, Undécima edición.